Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2024064083)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 2
Viernes 3 de enero de 2025
409
— La adquisición de los derechos de autor de la obra.
— Desarrollo del guion, reescritura o adaptación, asesoramiento externo, traducción.
— Diseño y elaboración del material promocional: material impreso, teaser, tráiler, progra
ma piloto, storyboard, página web.
— Elaboración del plan de marketing, presupuesto estimado de producción, plan de pro
ducción y distribución, plan de financiación.
— Asistencia a mercados y foros de codesarrollo: gastos de traslado, alojamiento y acre
ditaciones, alquiler de espacios.
— Selección del reparto incluido el equipo técnico y búsqueda de localizaciones.
— Investigación documental, gráfica y búsqueda de archivos.
— Gastos de personal dependiente de la entidad directamente relacionados con el proyecto
(máximo 15% del presupuesto).
— Gastos de personal contratado específicamente para el proyecto.
— Asesoría jurídica y fiscal para el proyecto presentado: asesoramiento y redacción de
contratos de codesarrollo, preventas, derechos sobre la obra, contratos con profesiona
les participantes en el proyecto.
— Auditoría.
— Asesoramiento de terceros, en relación con aspectos tecnológicos del proyecto.
— Traducciones.
— Planes iniciales de ventas.
— Gestiones para la obtención de recursos económicos.
— Gastos generales (máximo el 7% del presupuesto).
2. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor del mercado.
3. Los gastos subvencionables considerados como coste de realización del proyecto audiovi
sual deberán estar realizados dentro del periodo de ejecución de la actividad subvenciona
ble previsto en el artículo siguiente y pagados dentro del período de justificación.
Viernes 3 de enero de 2025
409
— La adquisición de los derechos de autor de la obra.
— Desarrollo del guion, reescritura o adaptación, asesoramiento externo, traducción.
— Diseño y elaboración del material promocional: material impreso, teaser, tráiler, progra
ma piloto, storyboard, página web.
— Elaboración del plan de marketing, presupuesto estimado de producción, plan de pro
ducción y distribución, plan de financiación.
— Asistencia a mercados y foros de codesarrollo: gastos de traslado, alojamiento y acre
ditaciones, alquiler de espacios.
— Selección del reparto incluido el equipo técnico y búsqueda de localizaciones.
— Investigación documental, gráfica y búsqueda de archivos.
— Gastos de personal dependiente de la entidad directamente relacionados con el proyecto
(máximo 15% del presupuesto).
— Gastos de personal contratado específicamente para el proyecto.
— Asesoría jurídica y fiscal para el proyecto presentado: asesoramiento y redacción de
contratos de codesarrollo, preventas, derechos sobre la obra, contratos con profesiona
les participantes en el proyecto.
— Auditoría.
— Asesoramiento de terceros, en relación con aspectos tecnológicos del proyecto.
— Traducciones.
— Planes iniciales de ventas.
— Gestiones para la obtención de recursos económicos.
— Gastos generales (máximo el 7% del presupuesto).
2. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor del mercado.
3. Los gastos subvencionables considerados como coste de realización del proyecto audiovi
sual deberán estar realizados dentro del periodo de ejecución de la actividad subvenciona
ble previsto en el artículo siguiente y pagados dentro del período de justificación.