Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2024064083)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 2
Viernes 3 de enero de 2025

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2. En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de la producción, deberá
constar el apoyo en el desarrollo del proyecto por la Junta de Extremadura, de acuerdo
con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de
Extremadura en vigor.
En caso de realización de la película, esta constancia deberá aparecer además en un cartón
individualizado de inicio de la misma.
Vigésimo. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Serán obligaciones de los beneficiarios de las ayudas:
a) Acreditar estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con
la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica, en el caso de
no haber dado su consentimiento expreso para la comprobación de oficio por parte del
órgano gestor.
b) Llevar, en su caso, los libros y registros contables separados o códigos contables espe­
cíficos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
c) Pronunciarse sobre la aceptación de la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo
de los diez días siguientes a la publicación de la resolución de la subvención las personas
beneficiarias no manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la
misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condicio­
nes establecidas.
d) Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en
el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
e) Realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (con­
tratación de recursos prestados por personas y empresas, residentes y con domicilio
respectivamente en el citado territorio) como mínimo del 100 % de la ayuda concedida.
f) Disponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el mo­
mento de solicitar el pago de la ayuda.
g) Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de solicitar el pago.
h) E
 n caso de realización de la película:


— Entregar dos copias finales del proyecto audiovisual una vez terminado el proceso de
postproducción a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta