Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064210)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Batalyways 4", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA23/1483.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 1
Jueves 2 de enero de 2025
191
La excavación se realizará en extensión, empleando metodología de excavación adecuada para intervenciones arqueológicas, debiendo incluir obligatoriamente:
Criterios técnicos y metodológicos.
Las excavaciones arqueológicas que pudieran desarrollarse con motivo de hallazgos
casuales se realizarán bajo los siguientes condicionantes técnicos y metodológicos:
• La totalidad de la zona que contenga restos arqueológicos habrá de ser excavada manualmente con metodología arqueológica al objeto de caracterizar el contexto cultural
de los hallazgos, recuperar las estructuras conservadas, conocer la funcionalidad de
los distintos elementos y establecer tanto su marco cultural como cronológico. La
excavación se realizará por técnico/s especializado, con experiencia en la documentación de restos de cronología y funcionalidad similares a los localizados y siguiendo
la normativa en vigor. Se realizarán igualmente por técnicos especializados estudios
complementarios de carácter antropológico (cuando se detecte la presencia de restos humanos), faunísticos (cuando se detecte la presencia de restos de fauna en el
yacimiento), paleobotánicos (cuando se detecte la presencia de restos carpológicos
y vegetales de interés) y en todo caso, al menos, tres dataciones AMS C14 de ciclo
corto para establecer un marco cronológico ajustado de los hallazgos efectuados.
• Al objeto dar sentido a la definición contextual de los restos y a la evolución histórica
del yacimiento, dicha excavación no se limitará en exclusiva a la zona de afección
directa, sino que podrá extenderse hasta alcanzar la superficie necesaria para tal fin.
• Las planimetrías (alzados, secciones) y los dibujos de material debidamente digitalizados y a escalas de detalle 1/20 y 1/50 para las estructuras arqueológicas y 1/1
para los materiales muebles. Las estructuras estarán georreferenciadas conforme al
Datum ETRS-89 en el Huso 30.
• Finalizada la intervención arqueológica, se realizará por la empresa adjudicataria la
entrega del informe técnico exigido por la legislación vigente, junto al compromiso
de entrega en plazo de la Memoria Final de la intervención arqueológica en formato
publicable conforme a las normas de edición de las series oficiales de la DGBAPC
(Extremadura Arqueológica o Memorias de Arqueología en Extremadura). Evaluada
la viabilidad de la documentación entregada y en función de las características de los
restos documentados, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural o el organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito
de actuación emitirá autorización para el levantamiento de las estructuras localizadas
con carácter previo a la continuación de las actuaciones en este punto, previa solicitud
por parte de la empresa ejecutora de las obras.
Jueves 2 de enero de 2025
191
La excavación se realizará en extensión, empleando metodología de excavación adecuada para intervenciones arqueológicas, debiendo incluir obligatoriamente:
Criterios técnicos y metodológicos.
Las excavaciones arqueológicas que pudieran desarrollarse con motivo de hallazgos
casuales se realizarán bajo los siguientes condicionantes técnicos y metodológicos:
• La totalidad de la zona que contenga restos arqueológicos habrá de ser excavada manualmente con metodología arqueológica al objeto de caracterizar el contexto cultural
de los hallazgos, recuperar las estructuras conservadas, conocer la funcionalidad de
los distintos elementos y establecer tanto su marco cultural como cronológico. La
excavación se realizará por técnico/s especializado, con experiencia en la documentación de restos de cronología y funcionalidad similares a los localizados y siguiendo
la normativa en vigor. Se realizarán igualmente por técnicos especializados estudios
complementarios de carácter antropológico (cuando se detecte la presencia de restos humanos), faunísticos (cuando se detecte la presencia de restos de fauna en el
yacimiento), paleobotánicos (cuando se detecte la presencia de restos carpológicos
y vegetales de interés) y en todo caso, al menos, tres dataciones AMS C14 de ciclo
corto para establecer un marco cronológico ajustado de los hallazgos efectuados.
• Al objeto dar sentido a la definición contextual de los restos y a la evolución histórica
del yacimiento, dicha excavación no se limitará en exclusiva a la zona de afección
directa, sino que podrá extenderse hasta alcanzar la superficie necesaria para tal fin.
• Las planimetrías (alzados, secciones) y los dibujos de material debidamente digitalizados y a escalas de detalle 1/20 y 1/50 para las estructuras arqueológicas y 1/1
para los materiales muebles. Las estructuras estarán georreferenciadas conforme al
Datum ETRS-89 en el Huso 30.
• Finalizada la intervención arqueológica, se realizará por la empresa adjudicataria la
entrega del informe técnico exigido por la legislación vigente, junto al compromiso
de entrega en plazo de la Memoria Final de la intervención arqueológica en formato
publicable conforme a las normas de edición de las series oficiales de la DGBAPC
(Extremadura Arqueológica o Memorias de Arqueología en Extremadura). Evaluada
la viabilidad de la documentación entregada y en función de las características de los
restos documentados, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural o el organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito
de actuación emitirá autorización para el levantamiento de las estructuras localizadas
con carácter previo a la continuación de las actuaciones en este punto, previa solicitud
por parte de la empresa ejecutora de las obras.