Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024064173)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Universidad de Extremadura para materializar la colaboración de ambas entidades en la realización de un estudio del impacto económico relativo a la aplicación de la actualización de la normativa sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 1
Jueves 2 de enero de 2025

110

resultados. Igualmente, la Comisión podrá emitir informes, dictámenes y propuestas para el
logro del cumplimiento de los objetivos de este convenio.
El seguimiento del convenio se realizará conjuntamente por la Consejería de Salud y Servicios
Sociales, a través del SEPAD, y la Universidad de Extremadura, que llevarán la codirección de
los trabajos, colaborando mutuamente para la consecución de los mismos.
Con el fin de dar cumplimiento a los contenidos del presente convenio, tras su firma, se constituirá una Comisión de Seguimiento con representación de todas las partes en régimen de
paridad, como mínimo, por dos representantes de la Consejería de Salud y Servicios Sociales,
a través del SEPAD y dos representantes de la Universidad de Extremadura.
La Comisión ajustará su régimen de organización y funcionamiento al previsto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Titularidad de los resultados obtenidos.
Cada parte conservará los derechos de propiedad de los conocimientos que tuviera antes de
iniciar esta colaboración. Asimismo, aquellos que, siendo propiedad de terceros, hubieran sido
cedidos para el uso a una de las partes, continuarán siendo propiedad de sus titulares y no
podrán ser usados fuera del ámbito de colaboración de este convenio.
La propiedad de los resultados obtenidos en el desarrollo de esta colaboración corresponderá
a la Junta de Extremadura y a la Universidad de Extremadura.
En su caso, la propiedad intelectual de los conocimientos adquiridos en el desarrollo de esta
colaboración será compartida por la Universidad de Extremadura y la Consejería de Salud y
Servicios Sociales.
Séptima. Protección de datos.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de
diciembre de 2018), así como de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal (BOE del 14 de diciembre de 1999) en la parte no derogada
y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el reglamento de
desarrollo (BOE del 19 de diciembre de 2007).
Octava. Modificación, denuncia y resolución.
Las partes podrán modificar el presente convenio en cualquier momento de su vigencia de
mutuo acuerdo y mediante la suscripción de la correspondiente Adenda.