Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024064173)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Universidad de Extremadura para materializar la colaboración de ambas entidades en la realización de un estudio del impacto económico relativo a la aplicación de la actualización de la normativa sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
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NÚMERO 1
Jueves 2 de enero de 2025

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b. F
 acilitar los datos de que disponga para la consecución del objeto del convenio.
c. Transferir los fondos destinados al objeto del convenio por importe de 25.000,00 euros,
con cargo al centro gestor 110060000, posición presupuestaria G/232A/43200, fondo
TE23001001, programa 20240539 acorde a lo establecido en la Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
Tercera. Forma de pago y justificación.
El abono y justificación por importe de 25.000 euros, se realizará, tras la firma del presente
convenio.
El Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos
de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 3.2.c)
que las órdenes de pagos se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes
del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer mes de cada trimestre.
Sin embargo, el convenio y teniendo en cuenta que la ejecución, de lo contemplado en el mismo, se realizará en su totalidad en un periodo de tiempo limitado y dentro del último trimestre
del año, aconsejan el libramiento de una primera y única orden de pago, correspondiente al
100 % de la aportación dineraria por parte de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, a
la suscripción del convenio por las partes.
— En lo relativo a la documentación justificativa final, hasta del día 31 de marzo de 2025,
la Universidad de Extremadura presentará ante el SEPAD:


• Memoria de las actuaciones realizadas, en formato digital.



• Certificación de los gastos y pagos realizados para la ejecución del convenio, expedida
por el Gerente de la Universidad de Extremadura o funcionario en quien delegue.

Cuarta. Vigencia del convenio.
El presente convenio surtirá efectos desde el momento de su firma y extenderá su vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2024.
Quinta. Seguimiento, vigilancia y control.
La Comisión de Seguimiento será la encargada de garantizar su cumplimiento, dirigir los
trabajos derivados de este convenio, resolver las controversias que pudieran surgir en su
difusión y propuestas de futuras líneas de trabajo. Asimismo, le corresponde planificar las
tareas desarrolladas al grupo de trabajo y, realizar el análisis y evaluación posterior de sus