Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2024064022)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, de convocatoria de ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 252
Martes 31 de diciembre de 2024
68131
Serán admisibles los siguientes: Logotipo raza autóctona, Normas de calidad, Indicaciones
Geográfica Protegidas (I.G.P) y Denominaciones de Origen Protegida (DOP). En el caso de las
IGPs, DOPs y Normas de calidad, deberán estar al menos un 20% de las explotaciones localizadas en Extremadura acogidas a dicho sistema.
Criterio 3º. Censos inscritos en el Libro Genealógico de la raza autóctona en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Equino: censo inferior a 5.000 reproductoras: 1 punto.
— Caprino: censo inferior a 10.000 reproductoras: 1 punto.
— Porcino: censo inferior a 15.000 reproductoras: 1 punto.
— Bovino: censo inferior a 7.500 reproductoras: 1 punto.
— Ovino: censo inferior a 10.000 reproductoras: 1 punto.
Criterio 4º. Asociaciones que realicen acciones o actuaciones de conservación y/o mejora de
recursos genéticos de las razas ganaderas en bancos de germoplasma oficiales: 2 puntos.
Para que una solicitud de ayuda sea subvencionable deberá alcanzar una puntuación mínima
de 2 puntos para asegurar la calidad de las actividades a financiar.
En caso de igualdad de puntuación se dará prioridad a la mayor puntuación obtenida en los
siguientes criterios:
1º. criterio nº 1.
2º. criterio nº 2.
3º. criterio nº 3.
Para acreditar estas actuaciones el órgano gestor solicitará documentación comprobatoria
como convenios de actuaciones realizados, certificaciones emitidas o cualquier otra documentación emitida por un banco de germoplasma oficial que acredite el cumplimiento de este
criterio.
Las solicitudes serán ordenadas conforme a los criterios señalados. No obstante lo anterior,
con carácter excepcional, y debido a la igualdad en baremo entre las solicitantes que reúnan
los requisitos y no habiendo posibilidad de priorizar ya dichas solicitudes, en el caso de que
existiesen beneficiarias que no pudiesen recibir el importe total de las ayudas establecidas en
la presente convocatoria por no disponer de suficiente dotación presupuestaria, se distribuirá
Martes 31 de diciembre de 2024
68131
Serán admisibles los siguientes: Logotipo raza autóctona, Normas de calidad, Indicaciones
Geográfica Protegidas (I.G.P) y Denominaciones de Origen Protegida (DOP). En el caso de las
IGPs, DOPs y Normas de calidad, deberán estar al menos un 20% de las explotaciones localizadas en Extremadura acogidas a dicho sistema.
Criterio 3º. Censos inscritos en el Libro Genealógico de la raza autóctona en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Equino: censo inferior a 5.000 reproductoras: 1 punto.
— Caprino: censo inferior a 10.000 reproductoras: 1 punto.
— Porcino: censo inferior a 15.000 reproductoras: 1 punto.
— Bovino: censo inferior a 7.500 reproductoras: 1 punto.
— Ovino: censo inferior a 10.000 reproductoras: 1 punto.
Criterio 4º. Asociaciones que realicen acciones o actuaciones de conservación y/o mejora de
recursos genéticos de las razas ganaderas en bancos de germoplasma oficiales: 2 puntos.
Para que una solicitud de ayuda sea subvencionable deberá alcanzar una puntuación mínima
de 2 puntos para asegurar la calidad de las actividades a financiar.
En caso de igualdad de puntuación se dará prioridad a la mayor puntuación obtenida en los
siguientes criterios:
1º. criterio nº 1.
2º. criterio nº 2.
3º. criterio nº 3.
Para acreditar estas actuaciones el órgano gestor solicitará documentación comprobatoria
como convenios de actuaciones realizados, certificaciones emitidas o cualquier otra documentación emitida por un banco de germoplasma oficial que acredite el cumplimiento de este
criterio.
Las solicitudes serán ordenadas conforme a los criterios señalados. No obstante lo anterior,
con carácter excepcional, y debido a la igualdad en baremo entre las solicitantes que reúnan
los requisitos y no habiendo posibilidad de priorizar ya dichas solicitudes, en el caso de que
existiesen beneficiarias que no pudiesen recibir el importe total de las ayudas establecidas en
la presente convocatoria por no disponer de suficiente dotación presupuestaria, se distribuirá