Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Oferta De Empleo Público. (2024064190)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 251
Lunes 30 de diciembre de 2024

67691

Tercero. Promoción interna.
Los procesos de promoción interna para el personal funcionario y estatutario, para los que se
ofrecen las plazas que se detallan en anexo II, podrán ser convocados conjuntamente con las
convocatorias de turno libre y discapacidad o mediante convocatoria independiente.
Los procesos selectivos de promoción interna garantizarán el cumplimiento de los principios
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los contemplados en el artículo
55.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 88 de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Las plazas de promoción interna que queden vacantes no se acumularán a las convocatorias
de plazas de acceso libre, en virtud de las limitaciones impuestas, a través de las tasas de
reposición de efectivos, en las Leyes de Presupuestos del Estado y de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2024.
Cuarto. Previsiones temporales sobre provisión de las plazas ofertadas.
1. Las convocatorias de pruebas selectivas para la cobertura de plazas de personal funcionario, personal docente no universitario, personal laboral y personal estatutario derivadas de
la presente Oferta de Empleo Público, indicarán el calendario previsible de realización de
las pruebas en que consista el correspondiente proceso selectivo, dentro del plazo máximo
de resolución.
2. Los procesos selectivos correspondientes a las plazas de personal funcionario se ajustarán
a lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, 26
de diciembre.
3. Los procesos selectivos correspondientes a personal laboral se acomodarán a lo establecido en el apartado tercero del artículo 15 del V Convenio Colectivo para el personal laboral
al servicio de la Junta de Extremadura, que dispone que la Junta de Extremadura, en los
términos que establezca la Ley de la Función Pública y el Reglamento General de Ingreso
del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
convocará con base en la Oferta de Empleo Público que se halle vigente, las pruebas selectivas para cubrir las plazas que correspondan de acuerdo con las previsiones totales de
la referida Oferta.
4. Los procesos selectivos correspondientes a las plazas de personal docente no universitario
se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, en los