Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Valoraciones Fiscales. (2024050206)
Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor de las edificaciones situadas en suelo de naturaleza rústica, radicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que se devenguen en el año 2025, se establecen las reglas para su aplicación y se publica la metodología para su obtención.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
66775
o) Nave industrial adosada.
Edificio no residencial, con carácter de nave, que por su construcción se halla adosado
con otros edificios vecinos por dos límites laterales, destinado a los usos industrial,
almacén o estacionamiento, cuyo nivel medio de equipamientos, acabados e instalaciones contempla las instalaciones básicas de suministro de agua, instalación eléctrica e
instalación de saneamiento. Se computará el total de superficie construida destinada a
los usos industrial, almacén o estacionamiento, con exclusión de la superficie destinada
a oficina, vivienda u otros anexos.
p) Nave agraria.
Edificio no residencial, con carácter de nave, destinado al uso agrario. Se aplica a las
construcciones destinadas al almacén de materias primas, secaderos de tabaco, almacén de aperos o alojamiento de maquinaria agraria. Se computará el total de superficie
construida destinada a dicho uso, con exclusión, en su caso, de la superficie destinada
a oficina, vivienda u otros anexos.
q) Nave ganadera.
Edificio no residencial, con carácter de nave, destinado al uso ganadero. Se aplica a las
construcciones destinadas a la producción ganadera para el parto, cría, recría y cebo
de las diferentes especies ganaderas, así como salas de ordeño, apriscos, establos o
cuadras. Se computará el total de superficie construida destinada a dicho uso, con exclusión, en su caso, de la superficie destinada a oficina, vivienda u otros anexos.
r) E
dificación comercial.
Edificio o elemento de un edificio que se destina a galería comercial, hipermercado,
mercado, supermercado o cualquier otra edificación de mediana o gran entidad cuya
actividad principal sea el uso comercial. Se computará el total de superficie construida
destinada al uso comercial, incluyendo zonas de venta, pasillos comerciales, despachos,
baños, almacén y en general cualquier dependencia que haya sido objeto de división
interior con tabiques, ventanas, puertas, etc.
s) Edificación oficinas.
Edificio que se destina íntegramente a oficinas. Se computará el total de superficie
construida destinada al uso oficinas incluyendo despachos, salas de reuniones, baños,
cocina, estudios, almacén y en general cualquier dependencia que haya sido objeto de
división interior con tabiques, ventanas, puertas, etc.
Viernes 27 de diciembre de 2024
66775
o) Nave industrial adosada.
Edificio no residencial, con carácter de nave, que por su construcción se halla adosado
con otros edificios vecinos por dos límites laterales, destinado a los usos industrial,
almacén o estacionamiento, cuyo nivel medio de equipamientos, acabados e instalaciones contempla las instalaciones básicas de suministro de agua, instalación eléctrica e
instalación de saneamiento. Se computará el total de superficie construida destinada a
los usos industrial, almacén o estacionamiento, con exclusión de la superficie destinada
a oficina, vivienda u otros anexos.
p) Nave agraria.
Edificio no residencial, con carácter de nave, destinado al uso agrario. Se aplica a las
construcciones destinadas al almacén de materias primas, secaderos de tabaco, almacén de aperos o alojamiento de maquinaria agraria. Se computará el total de superficie
construida destinada a dicho uso, con exclusión, en su caso, de la superficie destinada
a oficina, vivienda u otros anexos.
q) Nave ganadera.
Edificio no residencial, con carácter de nave, destinado al uso ganadero. Se aplica a las
construcciones destinadas a la producción ganadera para el parto, cría, recría y cebo
de las diferentes especies ganaderas, así como salas de ordeño, apriscos, establos o
cuadras. Se computará el total de superficie construida destinada a dicho uso, con exclusión, en su caso, de la superficie destinada a oficina, vivienda u otros anexos.
r) E
dificación comercial.
Edificio o elemento de un edificio que se destina a galería comercial, hipermercado,
mercado, supermercado o cualquier otra edificación de mediana o gran entidad cuya
actividad principal sea el uso comercial. Se computará el total de superficie construida
destinada al uso comercial, incluyendo zonas de venta, pasillos comerciales, despachos,
baños, almacén y en general cualquier dependencia que haya sido objeto de división
interior con tabiques, ventanas, puertas, etc.
s) Edificación oficinas.
Edificio que se destina íntegramente a oficinas. Se computará el total de superficie
construida destinada al uso oficinas incluyendo despachos, salas de reuniones, baños,
cocina, estudios, almacén y en general cualquier dependencia que haya sido objeto de
división interior con tabiques, ventanas, puertas, etc.