Ayuntamiento De Almendralejo. Oferta De Empleo Público. (2024082171)
Anuncio de 19 de diciembre de 2024 sobre la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

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1º.2. La OEP descrita en los puntos anteriores deberá tramitarse a la mayor brevedad posible
para cumplir con los plazos que se establecen.
Segundo. Plazas objeto de la OEP del año 2024.
2º.1. Determina el artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023
que, para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo autorizado
se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio
presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se
hubieran incorporado, en el referido ejercicio, por cualquier causa o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. No computando únicamente: incorporaciones de ejecución de ofertas de empleo anteriores; plazas convocadas por promoción
interna, ni los ceses derivados de esos procesos; plazas del personal declarado indefinido no
fijo por sentencia judicial; las necesarias para la puesta en marcha de nuevos servicios impuestos por norma; así como en el caso de los servicios públicos que pasen a ser prestados
mediante gestión directa, el número de plazas que las empresas externas destinaban a la
prestación de ese servicio concreto.
Del examen de los datos obrantes en la Sección de Recursos Humanos, al efecto del cálculo
de la tasa de reposición, se constata que durante el año 2023 se produjeron once (11) bajas y
una (1) incorporación. Perteneciendo dos (2) a Policía Local, cuatro (4) a sectores prioritarios
y cinco (5) a sectores no prioritarios. La incorporación se ha producido en un sector prioritario.
2º.2. Corresponde, por lo tanto, aplicar una tasa de reposición de efectivos del 125 por cien a
la Policía Local, 120 por cien a sectores prioritarios y el 110 por cien para el resto. Por todo lo
anterior se arroja una tasa de reposición de doce (12) plazas, que se emplearán en reponer, al
menos, seis (6) plazas a sectores prioritarios y otras seis (6) a no prioritarios o las que resten
caso de acumularse de esta tasa a la de prioritarios.
Se ha acumulado tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos no prioritarios a
prioritarios, como es el caso de la Policía Local y la gestión de recursos públicos o el personal
que presta atención a los ciudadanos en los servicios públicos.
2º.3. Se han incluido plazas ocupadas por personal interino por vacante y personal laboral
temporal por vacantes nombradas en el año 2024 o anteriores. Aquellas que no hayan tenido
cabida en esta oferta se incluirán en la próxima.
2º.4. Por lo anteriormente expuesto, se pretende la cobertura de las plazas que se detallan en
el anexo de este acuerdo, como plazas con cargo a la tasa de reposición de efectivos, identificando sus características y particularidades en su provisión.