Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064113)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico/a de Urgencia Hospitalaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024

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obtenido el reconocimiento de efectos profesionales del título extranjero de especialista,
al amparo de lo previsto en el Real Decreto mencionado, solo se valorarán los servicios
prestados como especialista desde la fecha de obtención de dicho reconocimiento me­
diante la resolución a la que se refiere el artículo 14.2 de la citada norma.
d) Un mismo periodo de tiempo no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los
subapartados que integran este apartado. En el caso de coincidencia de periodos, se
aplicará el más favorable para el aspirante.
e) Los servicios prestados a tiempo parcial se computarán en función del porcentaje o
fracción de jornada realizada.
f) Las situaciones de excedencia por cuidado de hijos, excedencia por cuidado de otros
familiares, excedencia por razón de violencia de género durante el tiempo que se man­
tenga reserva de puesto, y las reducciones de jornadas por razones de maternidad o de
conciliación personal, familiar y laboral se computarán como si se hubieran prestado al
100%.
g) En ningún caso el periodo de formación para la obtención de cualquier título de especia­
lista podrá ser valorado como tiempo de servicios prestados.
h) Los servicios prestados en centros sanitarios integrados en el Sistema Nacional de Salud
tendrán la misma consideración que los prestados en dicho sistema, siendo indiferente
la fecha de integración del centro, es decir, serán valorables los servicios prestados en
dichos centros antes de la integración.
i) Los servicios prestados en Promoción Interna Temporal se computarán en la categoría
en la que se hayan desempeñado.
j) A los efectos de determinar las equivalencias de las categorías y especialidades estatu­
tarias, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, se estará a lo dispuesto en el Anexo
del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo
de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios
de salud y el procedimiento de actualización.
k) Debido a que para acceder a esta categoría se puede acceder desde distintas titula­
ciones específicas, a los efectos de determinar el análogo contenido funcional en otras
Administraciones Públicas se tendrá en cuenta las funciones a desarrollar propias de la
categoría convocada apreciadas por el Tribunal de Selección.
l) Se valorarán conforme a lo dispuesto en el subapartado 7 los servicios prestados en
centros autorizados e inscritos como centros, servicios y establecimientos sanitarios