Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064109)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024

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c) Declaración responsable de no haber sido separado del servicio mediante expediente
disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración Pública, ni hallarse inhabi­
litado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función
pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
d) Declaración responsable de no poseer la condición de personal estatutario fijo de la
misma categoría y/o especialidad a la que accede en la fecha de finalización de presen­
tación de instancias.
e) Declaración responsable de no hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en
el artículo 35 bis) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los
cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extre­
madura.
f) Documentación acreditativa de poseer la capacidad funcional necesaria para el des­
empeño de las funciones objeto de la convocatoria en la forma que se determine en la
resolución por la que se apruebe la relación definitiva de aprobados.
g) En el caso de que en la solicitud de participación se haya marcado la casilla de no
autorización al Servicio Extremeño de Salud para recabar los correspondientes datos
derivados de la base 2.1.i), certificación negativa del Registro Central de Delincuentes
Sexuales y de Trata de Seres Humanos, que acredite el no haber sido condenado por
sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados
en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así
como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del
Código Penal. Los aspirantes que, aun teniendo la nacionalidad española, hayan naci­
do en el extranjero, así como aquellos que tengan otra nacionalidad, deberán aportar,
además, un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de
donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales
existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el párrafo anterior.
h) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación de
los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.
i) Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán presentar, ade­
más de la documentación relativa a los requisitos enumerados en los apartados c), d),
e), f) y g), los documentos que acrediten los requisitos establecidos en la base 2.2.