Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2024040275)
Decreto 163/2024, de 17 de diciembre, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para compensarla por la bonificación de los precios públicos correspondientes a las matrículas realizada a sus estudiantes durante el curso académico 2022/2023.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
64731
e) Llevar un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación
con todas las transacciones relacionadas con la participación como beneficiario en estas
ayudas.
f) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el ar
tículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
g) Cualquier otra obligación prevista en el texto del decreto y de las recogidas en la Ley
6/2011, de 23 de marzo.
Artículo 9. Publicidad de la subvención concedida.
1. L
a subvención concedida se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, indicándose el programa y crédito presupuestario al que se imputan, la
entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención.
2. Igualmente, será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a tenor de lo
previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvencio
nes y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, según se establece en el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Artículo 10. Protección de datos.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se deriven de la gestión de esta subven
ción se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las per
sonas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Artículo 11. Régimen de compatibilidad.
Esta subvención es compatible con cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto,
puedan conceder otras Administraciones Públicas, entes públicos adscritos o dependientes
de las mismas, tanto nacionales como internacionales, y otras personas físicas o jurídicas de
naturaleza privada. No obstante, el importe de la subvención ya sea por sí sola o en concu
rrencia con otra u otras ayudas, no podrá superar el coste total de la actividad objeto de la
subvención.
Jueves 26 de diciembre de 2024
64731
e) Llevar un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación
con todas las transacciones relacionadas con la participación como beneficiario en estas
ayudas.
f) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el ar
tículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
g) Cualquier otra obligación prevista en el texto del decreto y de las recogidas en la Ley
6/2011, de 23 de marzo.
Artículo 9. Publicidad de la subvención concedida.
1. L
a subvención concedida se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, indicándose el programa y crédito presupuestario al que se imputan, la
entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención.
2. Igualmente, será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a tenor de lo
previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvencio
nes y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, según se establece en el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Artículo 10. Protección de datos.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se deriven de la gestión de esta subven
ción se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las per
sonas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Artículo 11. Régimen de compatibilidad.
Esta subvención es compatible con cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto,
puedan conceder otras Administraciones Públicas, entes públicos adscritos o dependientes
de las mismas, tanto nacionales como internacionales, y otras personas físicas o jurídicas de
naturaleza privada. No obstante, el importe de la subvención ya sea por sí sola o en concu
rrencia con otra u otras ayudas, no podrá superar el coste total de la actividad objeto de la
subvención.