Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050202)
Orden de 17 de diciembre de 2024 por la que se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convocan procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de personal laboral de los distintos Grupos y Categorías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
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NÚMERO 247
Lunes 23 de diciembre de 2024

64485

RESUELVE:
Artículo único. Modificación de la Orden de 23 de diciembre de 2022, de la Consejera de
Hacienda y Administración Pública, por la que, en el marco de los procesos de estabilización
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convocan procesos selectivos
para el acceso a plazas vacantes de personal laboral de los Grupos I,II, III, IV y V por el procedimiento de concurso-oposición, la cual queda redactada como sigue:
Uno. Se suprime el apartado 4 de la base tercera, reenumerándose los apartados subsiguientes.
Dos. Se modifica el apartado 1 de la base sexta, que queda redactado como sigue:
“1. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes
fases en el orden que se especifica: oposición y concurso. La puntuación máxima de este
proceso será de 20 puntos.
La fase de oposición deberá superarse para acceder a la fase de concurso”.
Tres. En la base octava se modifican los apartados 4 y 5, refundiéndose en un nuevo apartado
4, y se añade un nuevo apartado 7 que quedan redactados en los siguientes términos:
“4. Los Tribunales de Selección elevarán las relaciones de aspirantes que han superado el
proceso selectivo a la Dirección General de Función Pública, quien emitirá resolución disponiendo su inserción en el Diario Oficial de Extremadura. En dicha resolución se hará constar
los puestos que se ofertan por cada categoría/especialidad, con expresión de su ubicación
y características de conformidad con la relación de puestos de trabajo vigente.
En el supuesto de que alguna persona aspirante, que haya concurrido por el turno de
discapacidad, dentro de la convocatoria general, supere el ejercicio correspondiente, no
obtuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera superior a la obtenida por otras
personas aspirantes del turno libre, será incluida, por orden de puntuación, en dicha relación de personas aprobadas, según lo previsto en el artículo 6 del Decreto 111/2017, de 18
de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de
los empleados públicos con discapacidad.
La mencionada resolución agota la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen proce-