Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Subvenciones. (2024040268)
Decreto 156/2024, de 17 de diciembre, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Zafra para la creación de un puesto asistencial sanitario avanzado en el Recinto Ferial de Zafra.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024

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de Protección Civil y deben disponer de las capacidades operativas necesarias para garantizar
su actuación durante una emergencia.
El artículo 33.1.a) y d) de la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de
emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la competencia de los
municipios, entre otras, de “crear y organizar la estructura municipal de protección civil”, así
como “supervisar los equipos y las capacidades de los servicios de emergencia asignados al
plan”. Dentro de esta estructura y capacidades se encuentran como así se ha expuesto anteriormente los Servicios de Atención Sanitaria de Emergencias, que por tanto deben contar con
la capacidad adecuada para resolver situaciones de emergencia sanitaria.
En el artículo 33.3, del precitado texto legal se dispone que la Junta de Extremadura, sin
perjuicio de otras Administraciones Públicas, dotará económicamente a los municipios para
poder ejercer las competencias que se les atribuyen. Asimismo, contempla que prestará a los
municipios asistencia y asesoramiento con el mismo fin.
El Ayuntamiento de Zafra, dadas las carencias anteriormente expuestas, precisa disponer de
un puesto asistencial sanitario avanzado que sirva para atender a todas aquellas emergencias
sanitarias que se produzcan en el recinto mencionado, siendo por tanto una infraestructura
ligada al Centro de Coordinación Operativa dentro de las instalaciones del Recinto Ferial. El
mencionado puesto asistencial sanitario avanzado, debe en consecuencia servir como infraestructura sanitaria, coadyuvando al resto de infraestructuras operativas del recinto en la gestión de una posible emergencia que derive en una actuación sanitaria. Por tanto, debe estar
próximo al Centro de Coordinación Operativa del recinto y también próximo al resto de los
medios que intervienen en el resto de las emergencias.
El recinto ferial se encuentra en un lugar en el que se puede acceder con facilidad desde las
carreteras EX –101, N-432, la N-630 y la A-66 y es indudable que esta ubicación contribuirá
a la mejora de la seguridad por cuanto disminuye los tiempos de respuesta para atender las
emergencias sanitarias que dentro del recinto pudieran producirse. Pero es que, por añadidura, provoca en el ciudadano la mejora de la percepción de seguridad y por tanto de sentirse
protegido. La ubicación de este puesto asistencial sanitario avanzado de carácter sanitario es
fundamental, ya que, al estar situado próximo al CECOP será desde donde se atiendan aquellas situaciones de emergencia sanitaria que puedan acontecer en el Recinto Ferial.
Por todo ello, se considera necesario colaborar con el Ayuntamiento de Zafra para que adopte
las medidas inmediatas y eficaces encaminadas a garantizar la coordinación y la gestión de
las posibles emergencias locales que puedan producirse en los eventos a celebrar en su Recinto Ferial. Así, el presente decreto tiene por objeto acordar la concesión directa, con carácter
excepcional y por razones de interés público y social de una subvención al Ayuntamiento de
Zafra que se ha expuesto.