Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Formación. Subvenciones. (2024064066)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa de una subvención a la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura para la financiación del Plan Agrupado de Formación de los empleados públicos de la Administración Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024

63762

c) Justificar documentalmente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública la inversión realizada.
d) Ejecutar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en el período comprendido entre la firma de la resolución de concesión y el 15 de septiembre de 2025.
e) Aportar la información sobre las acciones formativas realizadas que sea necesaria para
su inclusión en una memoria anual y a efectos estadísticos del seguimiento de las acciones formativas desarrolladas.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación que realice la Escuela de Administración Pública de Extremadura, a la derivada de la función de control de la Intervención
General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y al control
fiscalizador del Tribunal de Cuentas, aportando cuanta información le sea requerida en
el ejercicio de sus actuaciones.
g) Expedir los correspondientes certificados de asistencia y/o aprovechamiento, de acuerdo con los requisitos previamente establecidos por la Comisión General de Formación
para el Empleo de las Administraciones Públicas.
h) Efectuar la selección de los participantes en las acciones formativas por la adecuación
de su perfil a los objetivos y contenidos de aquellas.
i) Garantizar la calidad y gratuidad de las acciones formativas financiadas con estos fondos
y cumplir con todas las obligaciones previstas en el Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
j) Hacer constar, el carácter público de la financiación de la actividad subvencionada mediante la inclusión de los logos de la Junta de Extremadura y del Plan de Formación Continua en la cartelería, en la página web de la entidad promotora y en los Certificados de
asistencia o aprovechamiento que de acuerdo con la letra g) de esta estipulación emitan.
5. R
 evocación y reintegro.
5.1. Serán causa de revocación y reintegro de las cantidades percibidas, previa tramitación
del procedimiento de reintegro previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de la exigencia del interés de
demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en
la que se acuerde la procedencia del reintegro de la misma, las previstas en el artículo 43
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como el incumplimiento por parte de la FEMPEX de
las estipulaciones contenidas en la resolución de concesión, que serán las mismas que las
previstas en la presente propuesta.