Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024063923)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2024/2025.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024

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Sexto. Procedimiento de concesión.
La convocatoria de estas ayudas se tramitará mediante el procedimiento de concesión directa
y convocatoria abierta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se publicará en
el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura. Esta convocatoria y su extracto, obtenido
a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, se publicarán en el Diario Oficial de
Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptimo. Solicitudes y documentación.
1. L
 os padres, madres o tutores legales formalizarán las solicitudes de ayudas según el modelo que se acompaña como anexo a esta resolución, y las dirigirán al centro en el que está
matriculado el alumno o alumna.
2. A la solicitud acompañará la siguiente documentación:
a) Certificado de residencia, expedido desde el Ayuntamiento en el que conste el domicilio
del alumno o alumna durante el curso escolar y los kilómetros de distancia al centro.
b) “Alta de terceros” del alumno/a, referido a la cuenta bancaria en la que desea que se le
ingrese la ayuda. En el caso de encontrarse dado/a de alta en el subsistema de terceros
de la Junta de Extremadura, no será necesario aportar el modelo y bastará con indicar
en el Anexo el número de cuenta activo.
c) Documento Nacional de Identidad (DNI), Tarjeta de Identidad o Pasaporte del solicitante: el órgano gestor lo recabará de oficio. En el caso de que se oponga de manera
expresa a tal actuación, el interesado/a quedará obligado/a a aportar fotocopia del
documento. En cualquier caso, el DNI, Tarjeta de Identidad o Pasaporte del alumno/a
interesado/a o del padre, madre o representante legal del mismo/a debe coincidir con
la persona titular de la cuenta bancaria que se especifica para el cobro de la ayuda.
d) En los supuestos de ayuda de transporte por coste de servicio se acompañará, además,
el presupuesto de transporte por coste de servicio que se va a realizar, por la empresa
del sector legalmente constituida, debiendo figurar en dicho documento el NIF de la
misma.
e) E
 n el supuesto de ayuda de comedor se acompañará la solicitud del presupuesto de la
empresa del sector legalmente constituida, debiendo figurar en dicho documento el NIF
de la misma.