Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión Del Alumnado. (2024064047)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2025/2026.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63532
de Educación y Formación Profesional de las ampliaciones de ratio de cada curso/centro
docente que se vayan a producir, así como la creación de nuevas líneas en los centros
docentes.
3. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Orden de 3 de enero de 2022 de la Consejería de Educación y Empleo, una vez concluido el procedimiento general de admisión y antes del 19 de
septiembre de 2025, las Delegaciones Provinciales de Educación deberán remitir al Servicio
de Coordinación Educativa de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional
informe general sobre los siguientes puntos:
a) Ampliaciones de ratio.
b) La creación de nuevas líneas en los centros docentes.
c) El número de credenciales de escolarización emitidas por presentación, ante la comisión de escolarización, de solicitudes fuera de plazo diferenciando las presentadas por
traslado de domicilio de la unidad familiar que implique cambio de localidad, por discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia, por inicio de una
medida de acogimiento y por no entregar la solicitud dentro del plazo establecido en el
procedimiento.
d) Número de reclamaciones y recursos de alzada presentados con indicación del motivo
del recurso y de la resolución adoptada.
e) D
esarrollo e incidencias del procedimiento.
f) Propuestas para el siguiente procedimiento de escolarización.
Cuarto. Plazas vacantes ofertadas.
En ejecución de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, y
en el artículo 2 de la Orden de 3 de enero de 2022, las Delegaciones Provinciales de Educación
ofertarán, mediante resolución, el número de plazas vacantes para los cursos correspondientes tanto en el procedimiento específico de adscripción como en el procedimiento general de
admisión, especificando aquellas reservadas para alumnado:
— Con necesidad específica de apoyo educativo derivada de necesidades educativas especiales.
— Con necesidad específica de apoyo educativo derivada de desconocimiento grave de la
lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa,
por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de
historia escolar.
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63532
de Educación y Formación Profesional de las ampliaciones de ratio de cada curso/centro
docente que se vayan a producir, así como la creación de nuevas líneas en los centros
docentes.
3. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Orden de 3 de enero de 2022 de la Consejería de Educación y Empleo, una vez concluido el procedimiento general de admisión y antes del 19 de
septiembre de 2025, las Delegaciones Provinciales de Educación deberán remitir al Servicio
de Coordinación Educativa de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional
informe general sobre los siguientes puntos:
a) Ampliaciones de ratio.
b) La creación de nuevas líneas en los centros docentes.
c) El número de credenciales de escolarización emitidas por presentación, ante la comisión de escolarización, de solicitudes fuera de plazo diferenciando las presentadas por
traslado de domicilio de la unidad familiar que implique cambio de localidad, por discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia, por inicio de una
medida de acogimiento y por no entregar la solicitud dentro del plazo establecido en el
procedimiento.
d) Número de reclamaciones y recursos de alzada presentados con indicación del motivo
del recurso y de la resolución adoptada.
e) D
esarrollo e incidencias del procedimiento.
f) Propuestas para el siguiente procedimiento de escolarización.
Cuarto. Plazas vacantes ofertadas.
En ejecución de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, y
en el artículo 2 de la Orden de 3 de enero de 2022, las Delegaciones Provinciales de Educación
ofertarán, mediante resolución, el número de plazas vacantes para los cursos correspondientes tanto en el procedimiento específico de adscripción como en el procedimiento general de
admisión, especificando aquellas reservadas para alumnado:
— Con necesidad específica de apoyo educativo derivada de necesidades educativas especiales.
— Con necesidad específica de apoyo educativo derivada de desconocimiento grave de la
lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa,
por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de
historia escolar.