Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2024050196)
Orden de 13 de diciembre de 2024 por la que se regulan las pruebas libres para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63477
convalidación o reconocimiento. La solicitud se hará conforme al anexo I contemplado en
esta orden, sin perjuicio de las adaptaciones que se hagan en las convocatorias.
2. Las solicitudes se presentarán mediante la cumplimentación y el envío del formulario que
estará disponible en la plataforma educativa establecida por la Consejería con competencias en materia de educación, en la forma y de acuerdo con el modelo que se concrete en
la correspondiente convocatoria.
3. La solicitud, acompañada de la documentación correspondiente, irá dirigida a la Dirección
de cualquiera de los centros que figuren en la convocatoria y se formalizará presentándola:
a) Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b) Cumplimentándolo a través de la Secretaría Virtual integrada en la Plataforma Educativa Rayuela en la dirección https://rayuela.educarex.es conforme lo expresado en los
artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones, mediante identificación y firma a través de Certificados
Digitales reconocidos, o DNI electrónico, o a través de las claves de acceso a la citada
plataforma.
c) En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía, recogidas en el Anexo de la
Resolución de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas
de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 78, de 27 de abril de 2021), e integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus
organismos públicos vinculados o dependientes, recogido en el Decreto 257/2009, de
18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre de 2009).
d) O por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de optar por presentar su solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
4. Además de lo anterior, podrá presentarse de forma electrónica a través del punto de acceso
general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0503816 ), dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud, o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Miércoles 18 de diciembre de 2024
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convalidación o reconocimiento. La solicitud se hará conforme al anexo I contemplado en
esta orden, sin perjuicio de las adaptaciones que se hagan en las convocatorias.
2. Las solicitudes se presentarán mediante la cumplimentación y el envío del formulario que
estará disponible en la plataforma educativa establecida por la Consejería con competencias en materia de educación, en la forma y de acuerdo con el modelo que se concrete en
la correspondiente convocatoria.
3. La solicitud, acompañada de la documentación correspondiente, irá dirigida a la Dirección
de cualquiera de los centros que figuren en la convocatoria y se formalizará presentándola:
a) Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b) Cumplimentándolo a través de la Secretaría Virtual integrada en la Plataforma Educativa Rayuela en la dirección https://rayuela.educarex.es conforme lo expresado en los
artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones, mediante identificación y firma a través de Certificados
Digitales reconocidos, o DNI electrónico, o a través de las claves de acceso a la citada
plataforma.
c) En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía, recogidas en el Anexo de la
Resolución de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas
de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 78, de 27 de abril de 2021), e integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus
organismos públicos vinculados o dependientes, recogido en el Decreto 257/2009, de
18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre de 2009).
d) O por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de optar por presentar su solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
4. Además de lo anterior, podrá presentarse de forma electrónica a través del punto de acceso
general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0503816 ), dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud, o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.