Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2024050196)
Orden de 13 de diciembre de 2024 por la que se regulan las pruebas libres para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024

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del aprendizaje con otras responsabilidades y actividades, con el fin de promover que toda
la población alcance, como mínimo, un nivel formativo equivalente a la educación secundaria
obligatoria.
En el capítulo IX del título I de la precitada Ley Orgánica, concretamente en su artículo 67.2,
se establece que la organización y la metodología de las enseñanzas para las personas adultas
deben basarse en el autoaprendizaje, tener en cuenta sus experiencias, necesidades e intereses. Asimismo, el artículo 68.2 marca que las Administraciones educativas deben organizar
pruebas periódicas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
A nivel autonómico, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura (DOE núm.
47, de 9 de marzo de 2011) en su artículo 124.1 indica que, en la oferta de educación para
personas adultas, se incluirá enseñanzas dirigidas a la obtención de certificaciones y titulaciones del sistema educativo, a la preparación de pruebas para el acceso a diferentes etapas
educativas y a la cualificación profesional.
De acuerdo con la disposición adicional tercera, párrafo octavo, del Real Decreto 217/2022,
de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria (BOE núm. 76, de 30 de marzo de 2022): “las administraciones
educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente pruebas para que
las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que hayan alcanzado las competencias básicas
y los objetivos de la etapa. Estas pruebas se organizarán basándose en los tres ámbitos de
conocimiento citados y corresponderá a las propias administraciones determinar las partes de
las mismas que se considerará que tienen superadas quienes concurran a ellas, de acuerdo
con su historia académica previa. Corresponderá igualmente a las administraciones educativas garantizar que las pruebas a las que se refiere el apartado anterior cuenten con las
medidas de accesibilidad universal y las adaptaciones que precise todo el alumnado con necesidades educativas especiales”. También se garantizarán medidas de accesibilidad universal y
adaptaciones para el alumnado con necesidades educativas especiales, según lo recogido en
el Decreto 110/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo
de la Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 164, de 25 de agosto de 2022).
La organización de las pruebas para la obtención directa del título se basa en el Decreto
82/2024, de 23 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación
Secundaria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm.
146, de 29 de julio de 2024).