Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024063924)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. Línea 3.
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NÚMERO 243
Martes 17 de diciembre de 2024

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b) Gastos sociales, tales como dietas y desplazamientos de los asistentes, actos lúdicos,
regalos a las personas participantes en el evento y gastos protocolarios.
c) Gastos de utilización de bienes muebles e inmuebles propios de la entidad beneficiaria.
Noveno. Régimen de concesión y de convocatoria.
La concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y mediante
convocatoria periódica, comparando las solicitudes presentadas, conforme al artículo 22.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para establecer una prelación de estas según los criterios de valoración fijados en esta
convocatoria.
La adjudicación de las presentes ayudas se realizará a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación, en la aplicación de los criterios de valoración contenidos en las bases
reguladoras y en la presente convocatoria, y siempre con el límite del crédito disponible.
Décimo. Solicitudes, plazo y documentación a presentar.
1. E
 l plazo de presentación de la solicitud será de un mes a contar desde el día siguiente a
la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es ).
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas a trámite.
2. C
 ada Agente Público del SECTI podrá presentar tantas solicitudes como grupos de investigación tengan inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, que
cumplan con los requisitos del artículo 3 de la presente resolución.
3. S
 ólo se admitirá una solicitud de ayuda por Grupo de Investigación y por convocatoria. En
caso de presentar más de una, se admitirá a trámite la última solicitud presentada, el resto
serán excluidas del proceso selectivo.
4. L
 a persona que coordine el Grupo de Investigación cumplimentará la solicitud de la ayuda
a través de la página web https://ayudaspri.juntaex.es .
5. L
 a documentación que deberá presentarse es la siguiente:
a) Instancia de solicitud de la ayuda con los datos del Agente del SECTI y del Grupo de Investigación, así como el presupuesto total solicitado y el Plan de Transferencia a realizar,
cumplimentada a través de la instancia de solicitud de la ayuda en la página
https://ayudaspri.juntaex.es .