Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024063924)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. Línea 3.
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NÚMERO 243

63336

Martes 17 de diciembre de 2024

Séptimo. Financiación.
1. El crédito previsto para la convocatoria de la anualidad de 2024 asciende a 280.000 euros y se distribuye en dos ejercicios presupuestarios. Esta ayuda se financia con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias 130060000/331B/40000/FD211A1102, 130060000/331B/43200/
FD211A1102, 130060000/331B/43900/FD211A1102, 130060000/331B/44000/FD211A1102,
en el proyecto de gastos 20230006 denominado “Financiación de los Grupos de Investigación
de Extremadura para realizar sus actividades de I+D+I” y fuente de financiación FD211A1102,
con el siguiente desglose:
Aplicación presupuestaria/proyecto/FF

2025

2026

Total

130060000/331B/40000/20230006/FD211A1102

20.000.00

20.000,00

40.000,00

130060000/331B/43200/20230006/FD211A1102

60.000,00

60.000,00

120.000,00

130060000/331B/43900/20230006/FD211A1102

20.000,00

20.000,00

40.000,00

130060000/331B/44000/20230006/FD211A1102

40.000,00

40.000,00

80.000,00

TOTAL

140.000,00

140.000,00

280.000,00

2. L
 as ayudas comprendidas en la presente convocatoria serán cofinanciadas al 85% por el
Programa FEDER Extremadura 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1. A) “una Europa
más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e
inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones”, Prioridad P1A “Transición digital e inteligente” y Objetivo Específico RSO1.1
“Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías
avanzadas”.
3. D
 e conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los créditos presupuestarios a los que se imputan las ayudas y la cuantía total de las mismas, la cual podrá aumentarse hasta un 20%
de la cuantía inicial, o hasta la que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia
de una generación, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver
la concesión de las mismas, sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Octavo. Actividades y Gastos subvencionables.
1. L
 a actividad subvencionable será la divulgación de los resultados de investigación a la
sociedad, relacionadas con las líneas de investigación del Grupo I+D+I, que se realicen
íntegramente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este tipo de actividad engloba