Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024064034)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, para el año 2025.
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024

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comprobaciones de concurrencia de los requisitos para considerarla subvencionable, hasta el
agotamiento del crédito asignado en la presente convocatoria.
Octavo. Plazo, solicitud, y forma de presentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación simul­
tánea, de la convocatoria y su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura Autónoma de
Extremadura, http://doe.juntaex.es , conforme a lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley
6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, finalizando el 30 de
noviembre de 2025.
2. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General con competencias en materia de integra­
ción de menores, y se formalizarán mediante el modelo normalizado previsto en el anexo I
de la presente resolución en los supuestos previstos en la cláusula segunda letra a) y c) para
Empresas y Entidades del Tercer Sector, así como mediante el modelo previsto en el anexo II
para los supuestos incluidos la cláusula segunda letra b) para Ayuntamientos, mancomunida­
des y otras entidades locales territoriales, dichos anexos estarán disponibles en el punto de
acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es en el apartado
Trámites.
3. Las personas jurídicas estarán obligadas a presentar por medios electrónicos en los térmi­
nos del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas a través del Registro Electrónico General, de la
Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf mediante el modelo nor­
malizado disponible en la página https://www.juntaex.es de la Junta de Extremadura de
acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración
electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros
electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Proce­
dimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido en el
artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de presentación
de solicitudes:
a) Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en el punto de acceso gene­ral
electrónico dentro de la ficha relativa al trámite que permitirá el acceso a la sede elec­
trónica asociada de la Junta de Extremadura (https://tramites.juntaex.es ), junto con
los modelos de documentos que deben acompañarse.