Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024064034)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, para el año 2025.
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024
63163
En particular, las entidades y personas beneficiarias deberán cumplir lo establecido en el ar
tículo 50 y en el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 sobre las actividades de informa
ción y publicidad, reconociendo la ayuda de los Fondos a la operación, incluidos los recursos
reutilizados de conformidad con el artículo 62 del mencionado Reglamento 2021/1060 (UE),
y para ello:
— En el sitio web oficial del beneficiario, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas en
los medios sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcio
nada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacarán
la ayuda financiera de la Unión.
— Proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión de manera visible
en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la ope
ración, destinados al público o a los participantes.
— Exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo
A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se
destaque la ayuda de los Fondos; en los casos en los que el beneficiario sea una persona
física, dicho beneficiario asegurará, en la medida de lo posible, la disponibilidad de in
formación adecuada donde se destaque la ayuda de los Fondos, en un lugar visible para
el público o mediante una pantalla electrónica.
Cuando el beneficiario no cumpla con sus obligaciones contempladas en el artículo 47 y en los
apartados 1 y 2 del artículo 50, del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021, y si no se han adoptado medidas correctoras, la autoridad
de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, y cancelará
hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la operación de que se trate.
Cuarto. Régimen comunitario de las ayudas.
Las ayudas establecidas en la presente convocatoria tendrán la consideración de mínimis, de
conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 52/2024, de 11 de junio, de bases
reguladoras.
Quinto. Gastos subvencionables.
1. Se consideran gastos subvencionables, el salario del menor o joven que sea objeto de con
tratación y que se hayan realizado a partir de 1 de enero de 2025, con independencia de la
fecha de publicación de ésta y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Lunes 16 de diciembre de 2024
63163
En particular, las entidades y personas beneficiarias deberán cumplir lo establecido en el ar
tículo 50 y en el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 sobre las actividades de informa
ción y publicidad, reconociendo la ayuda de los Fondos a la operación, incluidos los recursos
reutilizados de conformidad con el artículo 62 del mencionado Reglamento 2021/1060 (UE),
y para ello:
— En el sitio web oficial del beneficiario, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas en
los medios sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcio
nada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacarán
la ayuda financiera de la Unión.
— Proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión de manera visible
en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la ope
ración, destinados al público o a los participantes.
— Exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo
A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se
destaque la ayuda de los Fondos; en los casos en los que el beneficiario sea una persona
física, dicho beneficiario asegurará, en la medida de lo posible, la disponibilidad de in
formación adecuada donde se destaque la ayuda de los Fondos, en un lugar visible para
el público o mediante una pantalla electrónica.
Cuando el beneficiario no cumpla con sus obligaciones contempladas en el artículo 47 y en los
apartados 1 y 2 del artículo 50, del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021, y si no se han adoptado medidas correctoras, la autoridad
de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, y cancelará
hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la operación de que se trate.
Cuarto. Régimen comunitario de las ayudas.
Las ayudas establecidas en la presente convocatoria tendrán la consideración de mínimis, de
conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 52/2024, de 11 de junio, de bases
reguladoras.
Quinto. Gastos subvencionables.
1. Se consideran gastos subvencionables, el salario del menor o joven que sea objeto de con
tratación y que se hayan realizado a partir de 1 de enero de 2025, con independencia de la
fecha de publicación de ésta y hasta el 31 de diciembre de 2025.