Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063972)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de aguas subterráneas para la ampliación de la superficie de riego en 52,90 hectáreas, totalizando 111,90 hectáreas de olivar, almendro y cereal en la finca "Ventanillas", en el término municipal de Badajoz. Expte: IA21/1474.
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NÚMERO 238
Martes 10 de diciembre de 2024
62467
— Justificación de la alternativa seleccionada: Según el EsIA la alternativa idónea es
la alternativa 2. Ampliación de superficie de riego, ya que hace un uso de agua más
racional y se puede ampliar la superficie de cultivo y por tanto aumenta la productividad considerablemente.
C.2 Impactos más significativos del proyecto.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
C.2.1 Red Natura 2000, Áreas Protegidas, fauna, flora, vegetación y hábitats.
La actividad solicitada se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura, en el Espacios de la Red Natura 2000 denominado Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera”.
El Instrumento de Gestión de aplicación es el Plan Director de Red Natura 2000 (anexo
II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea
Natura 2000 en Extremadura).
Según la zonificación establecida, las actuaciones se proyectan en la Zona de Uso
Común.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son las especies sisón (Tetrax tetrax), aguilucho y avutarda (Otis tarda) presentes en las parcelas que limitan con las parcelas del polígono
127. Los datos son de censos de 2015 a 2022.
En el presente informe se ha tenido en cuenta lo establecido en:
— Plan de Conservación del Hábitat del Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus) (Orden de 25 de mayo de 2015 modificada por la Orden de 13 de abril de 2016).
— Plan de Manejo de la Grulla Común (Grus grus) (Orden de 22 de enero de 2009).
En su informe, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica
que, la finca está en el área de distribución del águila perdicera según su plan de conservación del hábitat. Sin embargo, no existe sustrato de nidificación adecuado en el
entorno más próximo. También se localiza en el Sector Badajoz Sur del Plan de Manejo
de la Grulla Común, aun así, no hay datos de presencia de esta especie.
Martes 10 de diciembre de 2024
62467
— Justificación de la alternativa seleccionada: Según el EsIA la alternativa idónea es
la alternativa 2. Ampliación de superficie de riego, ya que hace un uso de agua más
racional y se puede ampliar la superficie de cultivo y por tanto aumenta la productividad considerablemente.
C.2 Impactos más significativos del proyecto.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
C.2.1 Red Natura 2000, Áreas Protegidas, fauna, flora, vegetación y hábitats.
La actividad solicitada se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura, en el Espacios de la Red Natura 2000 denominado Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera”.
El Instrumento de Gestión de aplicación es el Plan Director de Red Natura 2000 (anexo
II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea
Natura 2000 en Extremadura).
Según la zonificación establecida, las actuaciones se proyectan en la Zona de Uso
Común.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son las especies sisón (Tetrax tetrax), aguilucho y avutarda (Otis tarda) presentes en las parcelas que limitan con las parcelas del polígono
127. Los datos son de censos de 2015 a 2022.
En el presente informe se ha tenido en cuenta lo establecido en:
— Plan de Conservación del Hábitat del Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus) (Orden de 25 de mayo de 2015 modificada por la Orden de 13 de abril de 2016).
— Plan de Manejo de la Grulla Común (Grus grus) (Orden de 22 de enero de 2009).
En su informe, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica
que, la finca está en el área de distribución del águila perdicera según su plan de conservación del hábitat. Sin embargo, no existe sustrato de nidificación adecuado en el
entorno más próximo. También se localiza en el Sector Badajoz Sur del Plan de Manejo
de la Grulla Común, aun así, no hay datos de presencia de esta especie.