Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063965)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas y la Mancomunidad Integral Lácara Los Baldíos para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024
62243
6. P
oner a disposición un local destinado al funcionamiento, así como los medios necesarios para el funcionamiento de la OTUDTS, dotado de las condiciones y medios
adecuados y suficientes a tal efecto, estableciéndose dicha sede en Calle Hernán
Cortés, n.º 1 de la Roca de la Sierra, C.P. 06190. Mediante acuerdo suscrito por ambas Mancomunidades se podrá variar la sede descrita, previa comunicación a la Consejería, manteniendo todos los servicios prestados en una misma ubicación física. A
los efectos señalados anteriormente, se establecen como medios materiales mínimos
los que se especifican a continuación: mobiliario, telefonía, internet, impresora, plotter y ordenadores personales.
7. L
a acreditación del cumplimiento de los objetivos funcionales y técnicos, mediante
la elaboración de una memoria trimestral, de carácter cuantitativo estadístico y una
memoria anual, de naturaleza valorativa y cualitativa.
La OTUDTS deberá remitir a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del
Territorio y Agenda Urbana una memoria trimestral de actividad dentro de los diez
días siguientes al trimestre correspondiente, sin necesidad de requerimiento alguno,
conforme al modelo e instrucciones establecidas por la Dirección General, a través
del equipo de coordinación de OTUDTS. La finalidad específica de este instrumento
es la obtención de información estadística desagregada, sobre la cantidad, naturaleza y distribución territorial de las actuaciones en las que interviene el equipo de la
OTUDS.
Con periodicidad anual, la OTUDTS elaborará y remitirá, tanto a la Presidencia de
sus Mancomunidades, como a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del
Territorio y Agenda Urbana, una memoria anual que informe y valore críticamente
los resultados anuales del trabajo de la oficina, en los siguientes aspectos:
— composición del equipo de la OTUDTS y posibles incidencias o variaciones sufridas.
— valoración de los medios materiales y técnicos utilizados.
— formación solicitada y efectivamente recibida.
— números globales de trabajos realizados.
— seguimiento realizado en los procedimientos de redacción o modificación de figuras de planeamiento o instrumentos de desarrollo, en el ámbito de la oficina.
— análisis global del trabajo de la oficina.
Jueves 5 de diciembre de 2024
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6. P
oner a disposición un local destinado al funcionamiento, así como los medios necesarios para el funcionamiento de la OTUDTS, dotado de las condiciones y medios
adecuados y suficientes a tal efecto, estableciéndose dicha sede en Calle Hernán
Cortés, n.º 1 de la Roca de la Sierra, C.P. 06190. Mediante acuerdo suscrito por ambas Mancomunidades se podrá variar la sede descrita, previa comunicación a la Consejería, manteniendo todos los servicios prestados en una misma ubicación física. A
los efectos señalados anteriormente, se establecen como medios materiales mínimos
los que se especifican a continuación: mobiliario, telefonía, internet, impresora, plotter y ordenadores personales.
7. L
a acreditación del cumplimiento de los objetivos funcionales y técnicos, mediante
la elaboración de una memoria trimestral, de carácter cuantitativo estadístico y una
memoria anual, de naturaleza valorativa y cualitativa.
La OTUDTS deberá remitir a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del
Territorio y Agenda Urbana una memoria trimestral de actividad dentro de los diez
días siguientes al trimestre correspondiente, sin necesidad de requerimiento alguno,
conforme al modelo e instrucciones establecidas por la Dirección General, a través
del equipo de coordinación de OTUDTS. La finalidad específica de este instrumento
es la obtención de información estadística desagregada, sobre la cantidad, naturaleza y distribución territorial de las actuaciones en las que interviene el equipo de la
OTUDS.
Con periodicidad anual, la OTUDTS elaborará y remitirá, tanto a la Presidencia de
sus Mancomunidades, como a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del
Territorio y Agenda Urbana, una memoria anual que informe y valore críticamente
los resultados anuales del trabajo de la oficina, en los siguientes aspectos:
— composición del equipo de la OTUDTS y posibles incidencias o variaciones sufridas.
— valoración de los medios materiales y técnicos utilizados.
— formación solicitada y efectivamente recibida.
— números globales de trabajos realizados.
— seguimiento realizado en los procedimientos de redacción o modificación de figuras de planeamiento o instrumentos de desarrollo, en el ámbito de la oficina.
— análisis global del trabajo de la oficina.