Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063953)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de instalación de recogida y almacenamiento temporal de residuos, cuyo promotor es José Francisco Garrido Toscano, en el término municipal de Oliva de la Frontera. Expte.: IA23/1303.
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024
62274
3.2.1. Descripción del lugar.
La actividad proyectada se sitúa se desarrollará en las instalaciones que el promotor
dispone y que se encuentran en travesía El Prado n.º 6, CP 06120 de Oliva de la Frontera. La referencia catastral de la parcela es 2589910PC8328N0001BR. En el mismo
inmueble el promotor ejerce la actividad de taller de carpintería metálica. Se trata de
una nave con una superficie total de 261 m2, de los que la actividad empleará 96 m2.
3.2.2. Alternativas de ubicación.
El documento ambiental plantea alternativas para la selección del emplazamiento:
— Alternativa cero: implicaría la no realización de la modificación. Se descarta por las
desventajas que presenta, en particular Falta de mejora ambiental y económica asociada al nuevo proyecto, posible continuidad de prácticas no sostenibles e ilegales
en la gestión de residuos en la zona y ausencia de generación de nuevos puestos de
trabajos derivados de la actividad.
Además, se han tenido en cuenta 3 alternativas más:
— La alternativa 1, en la en travesía de El Prado, 6. Según lo indicado en el documento
ambiental, este emplazamiento presenta las siguientes ventajas:
• Infraestructura preexistente, se minimiza o elimina la necesidad de construcción
de nuevas instalaciones.
• Menor coste asociado con la adaptación de instalaciones existentes.
• Continuidad en la prestación de servicios de gestión de residuos en la comunidad.
• Generación de nuevos puestos de trabajos derivados de la actividad en la
comunidad.
Por el contrario, tiene la desventaja de la proximidad de la zona residencial.
— Las alternativas 2 y 3, que se refieren a cambiar de ubicación de forma general y a
la ubicación en un polígono industrial en particular, tienen la principal desventaja en
la necesidad de ejecutar obras, con los costes ambientales que ello supone. A esto
podría añadirse la ausencia de creación de puestos de trabajo en el área de referencia
si la alternativa se sitúa en una zona distinta.
Es por esto que en el documento ambiental se indica que se ha seleccionada la alternativa 1, correspondiente a travesía de El Prado, 6, de Oliva de la Frontera.
Jueves 5 de diciembre de 2024
62274
3.2.1. Descripción del lugar.
La actividad proyectada se sitúa se desarrollará en las instalaciones que el promotor
dispone y que se encuentran en travesía El Prado n.º 6, CP 06120 de Oliva de la Frontera. La referencia catastral de la parcela es 2589910PC8328N0001BR. En el mismo
inmueble el promotor ejerce la actividad de taller de carpintería metálica. Se trata de
una nave con una superficie total de 261 m2, de los que la actividad empleará 96 m2.
3.2.2. Alternativas de ubicación.
El documento ambiental plantea alternativas para la selección del emplazamiento:
— Alternativa cero: implicaría la no realización de la modificación. Se descarta por las
desventajas que presenta, en particular Falta de mejora ambiental y económica asociada al nuevo proyecto, posible continuidad de prácticas no sostenibles e ilegales
en la gestión de residuos en la zona y ausencia de generación de nuevos puestos de
trabajos derivados de la actividad.
Además, se han tenido en cuenta 3 alternativas más:
— La alternativa 1, en la en travesía de El Prado, 6. Según lo indicado en el documento
ambiental, este emplazamiento presenta las siguientes ventajas:
• Infraestructura preexistente, se minimiza o elimina la necesidad de construcción
de nuevas instalaciones.
• Menor coste asociado con la adaptación de instalaciones existentes.
• Continuidad en la prestación de servicios de gestión de residuos en la comunidad.
• Generación de nuevos puestos de trabajos derivados de la actividad en la
comunidad.
Por el contrario, tiene la desventaja de la proximidad de la zona residencial.
— Las alternativas 2 y 3, que se refieren a cambiar de ubicación de forma general y a
la ubicación en un polígono industrial en particular, tienen la principal desventaja en
la necesidad de ejecutar obras, con los costes ambientales que ello supone. A esto
podría añadirse la ausencia de creación de puestos de trabajo en el área de referencia
si la alternativa se sitúa en una zona distinta.
Es por esto que en el documento ambiental se indica que se ha seleccionada la alternativa 1, correspondiente a travesía de El Prado, 6, de Oliva de la Frontera.