Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063953)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de instalación de recogida y almacenamiento temporal de residuos, cuyo promotor es José Francisco Garrido Toscano, en el término municipal de Oliva de la Frontera. Expte.: IA23/1303.
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024



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3.3. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.



Como ya se ha indicado anteriormente el informe del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas indica que el proyecto no se encuentra dentro de
los límites de ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda
afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a sus valores
ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.



El proyecto contempla superficie pavimentada e impermeabilizada en toda la instalación. La actividad no produce aguas residuales de proceso. Cualquier residuo susceptible de verter líquido o lixiviar se almacenará en el interior de un cubeto o recipiente
estanco. Por otra parte, las aguas sanitarias de aseos y las pluviales de cubiertas se
conectarán al saneamiento municipal.
— Suelos.



Como ya se ha indicado la superficie de las instalaciones estará impermeabilizada y
no dispondrá de rejillas con conexión a saneamiento.
— Fauna.



Como ya se ha indicado anteriormente el informe del Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas no indica que exista presencia de especies protegidas
de flora y fauna.
— Vegetación.



En el área de implantación de la instalación no se encuentra ningún tipo de hábitat
natural de interés comunitario que requiera la designación de zonas de especial conservación, según aplicación de la Directiva 97/62/CE, relativa a la conservación de
los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres, en su anexo I relativo a tipos de
hábitats.
— Paisaje.



El factor paisajístico no se verá afectado por la aparición de nuevas estructuras y
construcciones, puesto que las instalaciones en las que se desarrollará la actividad
están ejecutadas y se integran dentro del área urbana del municipio.