Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063953)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de instalación de recogida y almacenamiento temporal de residuos, cuyo promotor es José Francisco Garrido Toscano, en el término municipal de Oliva de la Frontera. Expte.: IA23/1303.
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024

62273

— El Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, en el procedimiento de autorización ambiental
unificada (AAU) de la actividad remite informe del arquitecto técnico de la Diputación de
Badajoz en el que se indica:
“Dadas las características del planeamiento local vigente, se puede concluir que la actividad de recogida y almacenamiento temporal de residuos, así como de residuos de
aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) para su posterior retirada por gestor autorizado, cumple con todas las condiciones urbanísticas en vigor aplicables a la zona y por lo
tanto seria compatible urbanísticamente”.
El proyecto se encuentra sujeto a la obtención de la preceptiva autorización ambiental unificada por ser encuadrable en el grupo 9, apartados 1 y 6 del anexo II de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha
autorización está actualmente en tramitación en la Dirección General de Sostenibilidad.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
La actividad objeto de informe consiste en la gestión de residuos valorizándolos mediante
almacenamiento y posterior entrega a un gestor autorizado. Se realizará una clasificación
de los residuos y se almacenarán en condiciones de higiene y seguridad. Dadas las características de la actividad, la capacidad de tratamiento de los residuos viene dada por la superficie y altura de almacenamiento de los mismos que, conforme al proyecto, se establece
en 83 m2 y un máximo de 2 m de altura.
La parcela catastral ocupa una superficie de 261 m2, de los que se emplearán unos 96 m2
para el desarrollo de la actividad. Además de la superficie de almacenamiento, se dispondrá de una zona de descarga en la entrada a las instalaciones. Esta zona de descarga tiene
una superficie de 13,00 m2. El resto de superficie se empleará para el almacenamiento de
los residuos.
3.2. Ubicación del proyecto.