Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2024ED0022)
Edicto de 11 de noviembre de 2024 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y la Entidad Local Menor de La Moheda de Gata para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024

62381

— NIF/CIF completo y correcto.
— Domicilio fiscal completo del sujeto pasivo (al menos: nombre de la vía, número del
portal o punto kilométrico, escalera, piso, puerta, provincia, municipio, y pedanía –en
su caso-).
— Concepto, importe de la deuda y periodo a que se refiere, quedando el OARGT exonerado de toda responsabilidad en las deudas que no cumplan estos requisitos.
Sexta. Colaboración de la entidad local menor en la gestión tributaria.
En la idea de reforzar las actuaciones que el OARGT, debe realizar al tener delegada la Gestión Tributaria del IBI y del IAE, la Entidad Local Menor a través de sus servicios fiscales, se
compromete a colaboraren las siguientes actuaciones:
a) En el IBI, básicamente en toma de datos de valores desconocidos, sin domicilio, etc.
Asimismo, se compromete a la entrega periódica en soporte magnético de todas las
plusvalías liquidadas en la Entidad Local Menor como consecuencia de las transmisiones
de dominio de terrenos urbanos o urbanizables.
b) En el IAE, básicamente en el envío de documentos referentes a la licencia de apertura
de nuevos establecimientos: comerciales, industriales y de profesionales, etc.
c) En las tasas, la Entidad Local Menor comunicará al OARGT las bajas y altas censales,
comprobará la correcta titularidad de las referencias censales y, en las que proceda,
aportará los consumos y datos necesarios para la liquidación. Para ello dispondrá de accesos al aplicativo informático del OARGT, y usará esta vía como canal de comunicación
preferente.
Séptima. Procedimiento de apremio.
En la tramitación del procedimiento de apremio se seguirán las prescripciones de la normativa
que en cada momento la regule: el Reglamento General de Recaudación, la Instrucción de
Contabilidad para la Administración Local, la Ley General Tributaria, la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, la Ley del Procedimiento administrativo común de las Administraciones
Públicas, la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las de la Ordenanza del
OARGT y demás normativa aplicación.
Octava. Confección de padrones y recibos.
La confección de padrones y recibos corresponde al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, asumiendo la Entidad Local Menor el pago de dicho servicio conforme a la
Ordenanza Fiscal aprobada por el OARGT.