Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024063927)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "FCC Medio Ambiente, SAU", con personal adscrito al servicio de recogida y transporte de residuos domésticos y servicios complementarios en municipios de la provincia de Badajoz.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 235
Martes 3 de diciembre de 2024
61993
— Verano: 2 pantalones de verano, 2 polos de manga corta, 1 chaqueta y 1 gorra.
— Invierno: 2 pantalones de invierno, 2 polos de manga larga y 2 polares.
— Anualmente: 1 juego de calzado, 1 gorro y 1 braga.
— Bianualmente: 1 anorak y 1 traje agua.
En caso de que las prendas de trabajo se deterioraran por alguna causa no imputable al
trabajador/a, se le entregarían otras prendas para reponer las deterioradas, previa justificación y entrega de las mismas.
La empresa entregará un par de calzado al iniciarse la actividad del trabajador/a en la empresa, siendo el reglamentario para cada puesto de trabajo.
Al tratarse de un EPI la empresa sustituirá el calzado cuando sea necesario por su deterioro,
debiendo el trabajador/a hacer entrega del calzado anterior al igual que se hace con el resto
de EPI´s.
Artículo 29. Seguro accidente.
La empresa suscribirá con una Compañía de Seguros, una póliza de seguro de accidente para
todo el personal que tenga en plantilla, la cual garantizará a los herederos legales o personas
que el trabajador designe específicamente los siguientes capitales: Para los casos de fallecimiento, incapacidad permanente en los grados de total y absoluta, derivados de accidente de
trabajo la cantidad de veinte mil euros (20.000 €) euros en los años 2024, 2025 y 2026. A
partir del 1 de enero de 2027, la cuantía será de veintidós mil euros (22.000 €).
CAPÍTULO VI
Artículo 30. Conciliación de la vida laboral y familiar.
Es compromiso de las partes el velar por la adopción de aquellas medidas promulgadas con
rango de Ley, que ya existen o se dicten en el futuro, tendentes a conciliar la vida familiar y
laboral en las personas trabajadoras, con especial atención a todos aquellos aspectos relacionados con la mujer, embarazo, lactancia y cuidado de los hijos o personas mayores.
A efectos meramente enunciativos, y en los términos y desarrollo vigentes de lo preceptuado
en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción dada por la Ley 39/1999, de 5 de
noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras en general y la Ley 3/2007, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, atendiendo
Martes 3 de diciembre de 2024
61993
— Verano: 2 pantalones de verano, 2 polos de manga corta, 1 chaqueta y 1 gorra.
— Invierno: 2 pantalones de invierno, 2 polos de manga larga y 2 polares.
— Anualmente: 1 juego de calzado, 1 gorro y 1 braga.
— Bianualmente: 1 anorak y 1 traje agua.
En caso de que las prendas de trabajo se deterioraran por alguna causa no imputable al
trabajador/a, se le entregarían otras prendas para reponer las deterioradas, previa justificación y entrega de las mismas.
La empresa entregará un par de calzado al iniciarse la actividad del trabajador/a en la empresa, siendo el reglamentario para cada puesto de trabajo.
Al tratarse de un EPI la empresa sustituirá el calzado cuando sea necesario por su deterioro,
debiendo el trabajador/a hacer entrega del calzado anterior al igual que se hace con el resto
de EPI´s.
Artículo 29. Seguro accidente.
La empresa suscribirá con una Compañía de Seguros, una póliza de seguro de accidente para
todo el personal que tenga en plantilla, la cual garantizará a los herederos legales o personas
que el trabajador designe específicamente los siguientes capitales: Para los casos de fallecimiento, incapacidad permanente en los grados de total y absoluta, derivados de accidente de
trabajo la cantidad de veinte mil euros (20.000 €) euros en los años 2024, 2025 y 2026. A
partir del 1 de enero de 2027, la cuantía será de veintidós mil euros (22.000 €).
CAPÍTULO VI
Artículo 30. Conciliación de la vida laboral y familiar.
Es compromiso de las partes el velar por la adopción de aquellas medidas promulgadas con
rango de Ley, que ya existen o se dicten en el futuro, tendentes a conciliar la vida familiar y
laboral en las personas trabajadoras, con especial atención a todos aquellos aspectos relacionados con la mujer, embarazo, lactancia y cuidado de los hijos o personas mayores.
A efectos meramente enunciativos, y en los términos y desarrollo vigentes de lo preceptuado
en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción dada por la Ley 39/1999, de 5 de
noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras en general y la Ley 3/2007, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, atendiendo