Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063934)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de modificación de características de una concesión de aguas superficiales del río Guadiana, consistente en la reducción de la superficie de riego pasando de 630 a 529,6735 ha y modernización de regadíos en 373,34 ha, ubicado en la finca "La Encomienda", en varias parcelas de los polígonos 137, 140, 219 y 220, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA22/0263.
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NÚMERO 235
Martes 3 de diciembre de 2024

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pertenecientes a la cuenca del río Guadiana, que hace de encuadre con la superficie que
se pretende poner en riego. Asimismo, cabe destacar la presencia del arroyo Hinojales,
afluente del río Guadiana, que atraviesa parte de ambas fincas longitudinalmente de
este a oeste.
Según el documento ambiental, la incidencia de las prácticas agrícolas se traduce habitualmente en un incremento del contenido en compuestos nitrogenados, aunque estos
efectos procedentes de los fertilizantes aplicados y también derivados de los efluentes
ganaderos serán mínimos, que en todo caso darían origen a una contaminación de carácter puntual y localizado.
Debido a la actividad desarrollada, a la amplitud de la zona de actuación, así como las
zonas colindantes coincidentes en el tipo de actividad, el tipo de contaminación puede
considerarse difusa y no puntual. Considerando, además, que el área de actuación está
dentro de una zona vulnerable a la contaminación por nitratos, se recomienda seguir
las pautas marcadas por la Guía Práctica de la Fertilización Racional de los Cultivos en
España (NIPO: 770-10-151-X) que facilita información para el uso correcto y adecuado
de los abonos, tanto minerales como orgánicos, y tiene como objetivo último la fertilización racional de los cultivos en España, como vía para conseguir una agricultura
económicamente rentable, cuidadosa con el medio ambiente y, en resumen, sostenible.
Además de cumplir la legislación vigente sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
En cuanto a la posibilidad de encontrar productos fitosanitarios en las aguas hay que
considerar que según SigPac, el área de actuación está dentro de una Zona de Protección para el Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios. Es por ello que se recomienda
el uso de las Guías de Gestión Integrada de Plagas para los diferentes cultivos, teniendo
muy en cuenta las medidas específicas para las zonas de protección.
Es importante además tener en cuenta, que según la CHG el área de actuación se encuentra sobre una masa de agua subterránea en mal estado cuantitativo y químico además de que, sus vertidos finalmente van a una masa de agua que no alcanza un buen
estado ecológico. Circunstancias, todas ellas que suman a la hora de decidir y llevar a
cabo un sistema de cultivo sostenible y respetuoso con el medio ambiente, cuidando
con esmero los recursos naturales puestos a nuestro alcance.
Teniendo en cuenta todo lo indicado y con la aplicación de las correspondientes medidas
indicadas en el documento ambiental aportado, en la Resolución sobre la tramitación de
las concesiones de aguas subterráneas solicitadas y las incluidas en el presente informe
técnico, los impactos ambientales que pudieran generarse sobre el sistema hidrológico
y la calidad de las aguas no serían significativos.