Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063933)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas", en el término municipal de Casas del Castañar (Cáceres). Expte.: IA24/0504.
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NÚMERO 235
Martes 3 de diciembre de 2024



61923

–E
 n el caso de que haya imposibilidad de conexión a una red general de saneamiento, se deberán unificar (en la medida de lo posible) todos los flujos de aguas
residuales generados en la actividad para su conducción a una única instalación de
tratamiento y evacuación en un único punto de vertido final. Además, desde este
organismo se indica que al existir entonces vertido al dominio público hidráulico se
deberá obtener la correspondiente autorización de vertido, para lo cual se deberá:



– Realizar

la solicitud y declaración general (o simplificada, en su caso) de vertido a
este organismo, en donde según sea el caso se deberá proceder en consecuencia
y acompañar con la documentación pertinente correspondiente, a tenor de lo dispuesto en la legislación vigente, para la obtención de la autorización de vertido.
Se indica a continuación el enlace de solicitudes y trámites de la Confederación del
Tajo:




http://www.chtajo.es/Servicios/Tramitaciones/Paginas/default.aspx

En el caso de que se tratase de una autorización ambiental integrada (AAI), la tramitación de la autorización de vertido deberá realizarse a través del órgano Ambiental
competente, quien trasladará la documentación y solicitará informe preceptivo y vinculante en materia de vertidos a este organismo.



–E
 n el caso de que se posea una autorización de vertidos, se indica que el vertido
que se pretende dar en la actualidad y en el futuro deberá ajustarse a lo dispuesto
en la autorización (o si no se deberá proceder a realizar una revisión de la autorización del vertido vigente, y en función de cómo se resuelva ésta podrá autorizarse o no la modificación pretendida del vertido vigente).



En cualquier caso, en el supuesto que se empleen conducciones de redes de saneamiento, éstas deberán ser estancas, para evitar infiltración de las aguas residuales
a las aguas subterráneas. Por otro lado, en el caso de que se contemple ejecutar un
drenaje de aguas pluviales, esta Confederación Hidrográfica del Tajo indica:



–L
 a red de saneamiento se recomienda que sea separativa (red de saneamiento de
aguas residuales separada de la red de drenaje de aguas pluviales). En el supuesto
de que vaya a realizarse una red unitaria, se deberá disponer de algún método o
dispositivo (por ejemplo, depósito Anti – DSU o tanque de tormentas, etc.) cuya
función sea evitar el vertido de contaminantes al medio receptor durante sucesos
de lluvia.



–E
 n cualquier caso, se recomienda el empleo de técnicas de drenaje de aguas pluviales sostenible.