Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Ayudas. (2024040252)
Decreto 145/2024, de 19 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en gemelos digitales en el ámbito del Programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 235
Martes 3 de diciembre de 2024
61818
Artículo 5. Cuantía e intensidad de la ayuda.
1. E
xpresado en porcentaje, se entiende por intensidad de la ayuda a la relación existente
entre el importe bruto de la ayuda con la inversión subvencionable.
2. E
l importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subven
cionable, con un máximo de 30.000 euros por entidad beneficiaria.
3. E
l importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente
o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
4. L
a concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuesta
rio fijado en la convocatoria, sin perjuicio de las variaciones que puedan producirse confor
me al artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Artículo 6. Financiación.
1. L
as ayudas reguladas mediante el presente decreto están financiadas con fondos prove
nientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Europeo, establecido por el Regla
mento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
en la medida en que han resultado incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (Next Generation EU).
2. L
as ayudas reguladas en las presentes bases están sujetas al cumplimiento, ejecución
y realización del objeto y los hitos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia para la inversión C13.I1 “Emprendimiento. Conjunto de medidas orientadas a
potenciar el ecosistema emprendedor, las cuales se abordan bajo el paraguas del Marco Es
tratégico en Política de Pyme 2030, la Estrategia España Nación Emprendedora y la Agenda
España Digital 2025. Las medidas se recogen en cuatro ámbitos principales: capacidades
emprendedoras, herramientas para facilitar la creación y transmisión de empresas y la
gestión empresarial en fases tempranas, difusión y comunicación para reforzar el posicio
namiento de España como país emprendedor y líneas de apoyo financiero a la actividad
emprendedora de las pymes”.
3. E
sta partida presupuestaria recoge las actuaciones e inversiones contempladas en el Acuer
do de la Conferencia Sectorial para la Transformación Digital, de 28 de marzo de 2023, por
la que se aprueba la distribución, según criterios objetivos, de los créditos correspondien
tes al ejercicio económico 2023, destinados a financiar actuaciones de la iniciativa de Redes
Martes 3 de diciembre de 2024
61818
Artículo 5. Cuantía e intensidad de la ayuda.
1. E
xpresado en porcentaje, se entiende por intensidad de la ayuda a la relación existente
entre el importe bruto de la ayuda con la inversión subvencionable.
2. E
l importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subven
cionable, con un máximo de 30.000 euros por entidad beneficiaria.
3. E
l importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente
o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
4. L
a concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuesta
rio fijado en la convocatoria, sin perjuicio de las variaciones que puedan producirse confor
me al artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Artículo 6. Financiación.
1. L
as ayudas reguladas mediante el presente decreto están financiadas con fondos prove
nientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Europeo, establecido por el Regla
mento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
en la medida en que han resultado incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (Next Generation EU).
2. L
as ayudas reguladas en las presentes bases están sujetas al cumplimiento, ejecución
y realización del objeto y los hitos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia para la inversión C13.I1 “Emprendimiento. Conjunto de medidas orientadas a
potenciar el ecosistema emprendedor, las cuales se abordan bajo el paraguas del Marco Es
tratégico en Política de Pyme 2030, la Estrategia España Nación Emprendedora y la Agenda
España Digital 2025. Las medidas se recogen en cuatro ámbitos principales: capacidades
emprendedoras, herramientas para facilitar la creación y transmisión de empresas y la
gestión empresarial en fases tempranas, difusión y comunicación para reforzar el posicio
namiento de España como país emprendedor y líneas de apoyo financiero a la actividad
emprendedora de las pymes”.
3. E
sta partida presupuestaria recoge las actuaciones e inversiones contempladas en el Acuer
do de la Conferencia Sectorial para la Transformación Digital, de 28 de marzo de 2023, por
la que se aprueba la distribución, según criterios objetivos, de los créditos correspondien
tes al ejercicio económico 2023, destinados a financiar actuaciones de la iniciativa de Redes