Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2024063840)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 234
Lunes 2 de diciembre de 2024
CODIGO CIP
0582718
61705
FOMENTO DEL EMPLEO DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL MERCADO PROTEGIDO DE
TRABAJO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA. CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA I:
AYUDAS A PROYECTOS GENERADORES DE
EMPLEO.
13. Que las contrataciones por la que se solicita subvención ni sus sustitutas, han sido objeto de subvención en el mismo
centro especial de empleo o en aquellos con los que exista evidente vinculación al amparo de convocatorias
anteriores, durante los dos años siguientes a la finalización de la obligación de mantenimiento.
14. Que las personas por las que se solicita subvención no han prestado servicios en el centro de empleo o en empresas
del grupo o en empresas con las que exista o haya existido, en ese periodo, evidente vinculación mediante un contrato
de duración determinada en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación
15. Que las personas por las que se solicita subvención no han prestado servicios en el centro de empleo o en empresas
del grupo o en empresas con las que exista o haya existido, en ese periodo, evidente vinculación mediante un contrato
por tiempo indefinido en los doce meses anteriores a la fecha de la contratación.
16. Que las contrataciones por las que se solicitan ayuda no derivan de actuaciones de inspección por parte de la
Autoridad Laboral.
17. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado mediando infracción de la legislación
laboral y, en caso de transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido, se han realizado
cumpliendo los límites temporales previstos en los artículos 11 y 15 del Estatuto de los Trabajadores.
18. Que cuando se solicitan ayudas por contrataciones por subrogación, la empresa subrogante no ha recibido ayudas
por este programa de ayudas anteriormente.
19. Que las personas por la que se solicita subvención, en los 24 meses anteriores a la fecha de la contratación, no han
estado dadas de alta como Autónomo Colaborador o Autónomo Económicamente Dependiente de quien solicita la
ayuda.
20. Que el centro especial de empleo no ha extinguido contratos de trabajo por despido reconocido o declarado como
improcedente, o por despido colectivo declarado nulo.
14. DECLARACIÓN EXPRESA Y RESPONSABLE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE SOBRE ACEPTACIÓN DE LA
SUBVENCIÓN Y LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR LA ORDEN QUE REGULA LAS AYUDAS
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud DECLARA que ACEPTA la subvención que, una vez
instruido el procedimiento, le pueda ser concedida y las obligaciones que de ello se deriven, y en especial las siguientes:
1. Mantener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir
de la fecha de alta o transformación en indefinido.
2. Mantener la jornada laboral durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o
transformación en indefinido.
3. Mantener el nivel de empleo de los contratos indefinidos con discapacidad existente en el Centro Especial de Empleo
beneficiario, a fecha de realización de las respectivas contrataciones indefinidas subvencionadas por un periodo de
doce meses.
Lunes 2 de diciembre de 2024
CODIGO CIP
0582718
61705
FOMENTO DEL EMPLEO DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL MERCADO PROTEGIDO DE
TRABAJO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA. CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA I:
AYUDAS A PROYECTOS GENERADORES DE
EMPLEO.
13. Que las contrataciones por la que se solicita subvención ni sus sustitutas, han sido objeto de subvención en el mismo
centro especial de empleo o en aquellos con los que exista evidente vinculación al amparo de convocatorias
anteriores, durante los dos años siguientes a la finalización de la obligación de mantenimiento.
14. Que las personas por las que se solicita subvención no han prestado servicios en el centro de empleo o en empresas
del grupo o en empresas con las que exista o haya existido, en ese periodo, evidente vinculación mediante un contrato
de duración determinada en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación
15. Que las personas por las que se solicita subvención no han prestado servicios en el centro de empleo o en empresas
del grupo o en empresas con las que exista o haya existido, en ese periodo, evidente vinculación mediante un contrato
por tiempo indefinido en los doce meses anteriores a la fecha de la contratación.
16. Que las contrataciones por las que se solicitan ayuda no derivan de actuaciones de inspección por parte de la
Autoridad Laboral.
17. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado mediando infracción de la legislación
laboral y, en caso de transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido, se han realizado
cumpliendo los límites temporales previstos en los artículos 11 y 15 del Estatuto de los Trabajadores.
18. Que cuando se solicitan ayudas por contrataciones por subrogación, la empresa subrogante no ha recibido ayudas
por este programa de ayudas anteriormente.
19. Que las personas por la que se solicita subvención, en los 24 meses anteriores a la fecha de la contratación, no han
estado dadas de alta como Autónomo Colaborador o Autónomo Económicamente Dependiente de quien solicita la
ayuda.
20. Que el centro especial de empleo no ha extinguido contratos de trabajo por despido reconocido o declarado como
improcedente, o por despido colectivo declarado nulo.
14. DECLARACIÓN EXPRESA Y RESPONSABLE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE SOBRE ACEPTACIÓN DE LA
SUBVENCIÓN Y LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR LA ORDEN QUE REGULA LAS AYUDAS
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud DECLARA que ACEPTA la subvención que, una vez
instruido el procedimiento, le pueda ser concedida y las obligaciones que de ello se deriven, y en especial las siguientes:
1. Mantener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir
de la fecha de alta o transformación en indefinido.
2. Mantener la jornada laboral durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o
transformación en indefinido.
3. Mantener el nivel de empleo de los contratos indefinidos con discapacidad existente en el Centro Especial de Empleo
beneficiario, a fecha de realización de las respectivas contrataciones indefinidas subvencionadas por un periodo de
doce meses.