Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024063898)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Extremadura -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 233
Viernes 29 de noviembre de 2024

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d) Ejercer las funciones que le pueda encomendar la Comunidad Autónoma de Extremadura y las que sean objeto de los correspondientes convenios de colaboración.
e) R
 esolver los recursos que se interpongan contras los actos de los órganos de gobierno
del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Extremadura.
Las funciones antedichas las ejercerá directamente la Junta de Gobierno o, en su defecto,
el órgano o autoridad que designe la Junta de Gobierno.
3. A
 simismo, el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Extremadura cumplirá con las
siguientes obligaciones:
a) Disponer de la ventanilla única regulada en los términos previstos en la Ley de Colegios
y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
b) Elaborar una memoria anual de conformidad con lo establecido en los términos previstos en la Ley de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura
c) Disponer de un servicio de atención a los colegiados y a los consumidores y usuarios
en los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Colegios y de Consejos de
Colegios Profesionales de Extremadura.
d) Poner a disposición de quienes lo soliciten toda la información necesaria para acceder
a la profesión y para su ejercicio, facilitándoles la gestión de los trámites relacionados
con la colegiación y el ejercicio profesional.
e) P
 romover y asesorar sobre iniciativas y prácticas de responsabilidad social en las empresas extremeñas, fomentar la responsabilidad social de género, la implementación
de planes de igualdad, la gestión de la diversidad y la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral en el ámbito empresarial, así como impulsar las medidas contra la
siniestrabilidad laboral.
f) Llevar el registro de todas las personas colegiadas, en el que consten, al menos, el título
académico oficial habilitante para la colegiación, la fecha de alta en el Colegio, el domicilio profesional y/o residencia, teléfono y correo electrónico profesional de contacto y
cuántas circunstancias afecten a su habilitación para el ejercicio profesional, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de protección de datos.
g) Verificar y, en su caso, exigir el deber de colegiación en los términos establecidos en la
legislación vigente.