Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063867)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Nuevo centro de reparto en Jarandilla de la Vera y ampliación de la L-4856-02-"Vera" de la STR "Jaraíz", entre éste y el CT "Piscina Cuacos"", a realizar en los términos municipales de Jarandilla de la Vera, Aldeanueva de la Vera y Cuacos de Yuste, en la provincia de Cáceres, cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/1439.
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NÚMERO 231
Miércoles 27 de noviembre de 2024

61101

— Con fecha de 18 de junio de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que el proyecto se encuentra en Espacios de
la Red Natura 2000, en concreto, en la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA)
“Río y Pinares del Tiétar” (ES0000427) y en la Zona de Especial Conservación (ZEC) “Río
Tiétar” (ES4320031).
Este Servicio informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre
que se cumplan las medidas establecidas en su informe, las cuales serán incluidas en el
condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 21 de junio de 2024, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite
informe en el que indica que consideraría favorable la actuación siempre y cuando la
afección a pies arbóreos del género Quercus sp. fuera por poda y no por tala. Este Servicio señala que en caso de ser necesario proceder a la tala de los ejemplares, serán de
obligado cumplimiento los siguientes puntos:


• Demostrar que el proyecto es de Utilidad Pública o de Interés General.



• Presentar un documento complementario en el que se comuniquen las dimensiones
exactas de los pies arbóreos a cortar, la ubicación con las coordenadas X e Y en el
sistema ETRS89 en el HUSO UTM 29, identificando todos los pies arbóreos que se eliminarían en la zona de afección. Dicho documento se debe enviar con anterioridad a
la eliminación de los pies al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, para que éste
pueda valorar adecuadamente la posible afección del proyecto en el medio forestal y
la conveniencia de su realización desde el punto de vista forestal.



• Solicitar las correspondientes concesiones demaniales en las zonas de los Montes de
Utilidad Pública.

— Con fecha de 10 de septiembre de 2024, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos
y Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que, dada la cercanía de la instalación prevista respecto a varios elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia
superficie abarcada por la zona de estudio y de cara a caracterizar posibles afecciones
del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado durante el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo una serie de
medidas preventivas, con carácter previo a la ejecución de las obras, las cuales serán
incluidas en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.