Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024063896)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria pública para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024
60979
10. Responsabilizarse de todas las funciones que se autorizan por campaña o convocatoria,
hasta el final del procedimiento administrativo, pudiéndose solapar en el tiempo con
otras campañas incluso cuando las personas o entidades solicitantes hayan otorgado
en futuras campañas el apoderamiento a otra Entidad Colaboradora.
11. Continuar con la tramitación de los expedientes y procedimientos en curso de las personas físicas o jurídicas que les hayan apoderado y a los que representen para realizar
determinados trámites telemáticos, hasta su completa finalización, una vez finalizada
la vigencia del correspondiente convenio.
12. Realizar cuantas actuaciones, comprobaciones y revisiones les sean solicitadas por
parte de la Consejería competente en materia agraria para asegurarse y comprobar
tanto el buen funcionamiento como la correcta actualización de las aplicaciones informáticas para llevar a cabo la realización de los trámites telemáticos.
13. Facilitar a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible cuanta información documental les sea solicitada para verificar la cualificación de su personal
técnico, la disposición de los medios adecuados para el tratamiento informático de las
funciones realizadas para su transmisión por medios telemáticos, los apoderamientos
de los interesados, que se encuentran al corriente de pagos con la Agencia Estatal de
la Administración Tributaria, con la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y con la Tesorería General de la Seguridad Social, la información relacionada con su Seguro de Responsabilidad Civil o autoseguro suscrito, así como cualquier
otra información que se solicite en el ámbito de la realización de las funciones autorizadas a través del presente Convenio.
14. Colaborar en las labores de información de la Consejería competente en materia agraria a fin de mantener debidamente informados a los interesados de todas las acciones,
ayudas y subvenciones a las que pudieran acogerse.
15. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinta. Mecanismo de Seguimiento, Vigilancia y Control de la Ejecución del Convenio.
La coordinación del desarrollo de las actuaciones contempladas en el presente convenio, así
como el seguimiento de su ejecución, será efectuada por la Secretaría General de la Consejería competente en materia agraria, u órgano en que se delegue. La coordinación, en el ámbito
de la Solicitud Única, corresponderá a la Dirección General de Política Agraria Comunitaria.
Martes 26 de noviembre de 2024
60979
10. Responsabilizarse de todas las funciones que se autorizan por campaña o convocatoria,
hasta el final del procedimiento administrativo, pudiéndose solapar en el tiempo con
otras campañas incluso cuando las personas o entidades solicitantes hayan otorgado
en futuras campañas el apoderamiento a otra Entidad Colaboradora.
11. Continuar con la tramitación de los expedientes y procedimientos en curso de las personas físicas o jurídicas que les hayan apoderado y a los que representen para realizar
determinados trámites telemáticos, hasta su completa finalización, una vez finalizada
la vigencia del correspondiente convenio.
12. Realizar cuantas actuaciones, comprobaciones y revisiones les sean solicitadas por
parte de la Consejería competente en materia agraria para asegurarse y comprobar
tanto el buen funcionamiento como la correcta actualización de las aplicaciones informáticas para llevar a cabo la realización de los trámites telemáticos.
13. Facilitar a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible cuanta información documental les sea solicitada para verificar la cualificación de su personal
técnico, la disposición de los medios adecuados para el tratamiento informático de las
funciones realizadas para su transmisión por medios telemáticos, los apoderamientos
de los interesados, que se encuentran al corriente de pagos con la Agencia Estatal de
la Administración Tributaria, con la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y con la Tesorería General de la Seguridad Social, la información relacionada con su Seguro de Responsabilidad Civil o autoseguro suscrito, así como cualquier
otra información que se solicite en el ámbito de la realización de las funciones autorizadas a través del presente Convenio.
14. Colaborar en las labores de información de la Consejería competente en materia agraria a fin de mantener debidamente informados a los interesados de todas las acciones,
ayudas y subvenciones a las que pudieran acogerse.
15. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinta. Mecanismo de Seguimiento, Vigilancia y Control de la Ejecución del Convenio.
La coordinación del desarrollo de las actuaciones contempladas en el presente convenio, así
como el seguimiento de su ejecución, será efectuada por la Secretaría General de la Consejería competente en materia agraria, u órgano en que se delegue. La coordinación, en el ámbito
de la Solicitud Única, corresponderá a la Dirección General de Política Agraria Comunitaria.