Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024063896)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria pública para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024
60978
5. D
ar a conocer la relación de entidades colaboradoras.
B) L
as personas y entidades colaboradoras están obligadas a:
1. Cumplimentar debidamente y en todos sus términos los modelos de solicitud, mediante
las aplicaciones que se pongan a disposición para ello por la Consejería competente en
materia agraria, así como cualquier otro trámite asociado a esta Consejería.
2. Presentar los modelos y solicitudes establecidos dentro de los plazos establecidos al
efecto para cada trámite.
3. R
ealizar los trámites asociados a este convenio, debidamente identificados mediante
certificado digital, de acuerdo con la normativa vigente.
4. Velar por que los solicitantes revisen exhaustivamente los modelos de solicitud de los
distintos procedimientos, así como la documentación que se adjunta.
5. C
omunicar a la Secretaría General de la Consejería competente en materia agraria, u
otro órgano que se designe, la identificación de las personas encargadas de la cumplimentación de las solicitudes en nombre de su organización. Además, obtendrá de las
personas interesadas la autorización oportuna para realizar la presentación de las solicitudes y resto de trámites, así como para obtener información en su nombre del estado
de los procedimientos.
6. Informar a las personas interesadas sobre el estado de tramitación de sus procedimientos, así como de los errores relacionados con su solicitud.
7. Mantener debidamente actualizados todos los datos de sus representados en la aplicación informática designada al efecto para facilitar la realización de los trámites.
8. Mantener actualizados los apoderamientos para el momento que fueren requeridos por
la Consejería competente en materia agraria, así como remitirlos en el momento en que
le sean requeridos.
9. Responsabilizarse de cualquier incidencia que pueda derivarse de una tramitación incorrecta de los expedientes, referidas tanto a la cumplimentación o presentación incorrecta de solicitudes como al resto de trámites, además de los retrasos en los registros
de las solicitudes que fuesen imputables a la misma. Así mismo, también se responsabilizarán de los perjuicios que pueda causar la incorrecta tramitación de la recepción
de las notificaciones administrativas recibidas en nombre de las personas o entidades
solicitantes que concedan el apoderamiento. Para ello suscribirá un seguro de responsabilidad civil suficiente, o autoseguro, que asegure los daños y perjuicios que, por acción
u omisión, pudiera causar en el ejercicio de estas funciones.
Martes 26 de noviembre de 2024
60978
5. D
ar a conocer la relación de entidades colaboradoras.
B) L
as personas y entidades colaboradoras están obligadas a:
1. Cumplimentar debidamente y en todos sus términos los modelos de solicitud, mediante
las aplicaciones que se pongan a disposición para ello por la Consejería competente en
materia agraria, así como cualquier otro trámite asociado a esta Consejería.
2. Presentar los modelos y solicitudes establecidos dentro de los plazos establecidos al
efecto para cada trámite.
3. R
ealizar los trámites asociados a este convenio, debidamente identificados mediante
certificado digital, de acuerdo con la normativa vigente.
4. Velar por que los solicitantes revisen exhaustivamente los modelos de solicitud de los
distintos procedimientos, así como la documentación que se adjunta.
5. C
omunicar a la Secretaría General de la Consejería competente en materia agraria, u
otro órgano que se designe, la identificación de las personas encargadas de la cumplimentación de las solicitudes en nombre de su organización. Además, obtendrá de las
personas interesadas la autorización oportuna para realizar la presentación de las solicitudes y resto de trámites, así como para obtener información en su nombre del estado
de los procedimientos.
6. Informar a las personas interesadas sobre el estado de tramitación de sus procedimientos, así como de los errores relacionados con su solicitud.
7. Mantener debidamente actualizados todos los datos de sus representados en la aplicación informática designada al efecto para facilitar la realización de los trámites.
8. Mantener actualizados los apoderamientos para el momento que fueren requeridos por
la Consejería competente en materia agraria, así como remitirlos en el momento en que
le sean requeridos.
9. Responsabilizarse de cualquier incidencia que pueda derivarse de una tramitación incorrecta de los expedientes, referidas tanto a la cumplimentación o presentación incorrecta de solicitudes como al resto de trámites, además de los retrasos en los registros
de las solicitudes que fuesen imputables a la misma. Así mismo, también se responsabilizarán de los perjuicios que pueda causar la incorrecta tramitación de la recepción
de las notificaciones administrativas recibidas en nombre de las personas o entidades
solicitantes que concedan el apoderamiento. Para ello suscribirá un seguro de responsabilidad civil suficiente, o autoseguro, que asegure los daños y perjuicios que, por acción
u omisión, pudiera causar en el ejercicio de estas funciones.