Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063862)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de complejo turístico "Helechoso", cuyo promotor es Benoit M C G Dethier, en el término municipal de Madrigal de la Vera. Expte.: IA24/0834.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024
60903
quier afección que puedan sufrir las obras por causa de crecidas, tanto ordinarias como
extraordinarias.
E
n relación al posible empleo de combustibles (por ejemplo, para grupos electrógenos,
calefacción, etc.), desde este organismo se indica que todos los depósitos de combustibles y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o aéreos, deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente su infiltración a las aguas subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de estanqueidad.
Lo mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de almacenamiento y distribución
de otras sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico.
Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas unidades
de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de
aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros compuestos. Se
recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las
aguas.
S
e recomienda también que en la fase de construcción la ubicación del parque de maquinaria, instalaciones auxiliares y acopio de materiales se realice previa creación de
solera impermeable en pendiente, con zanja de recogida para posibles vertidos de aceite
de cambios, derrame de combustibles, grasas, etc. Estos derrames serán recogidos en
bidones para su posterior gestión correcta.
P
or otro lado, hay que tener en cuenta que un posible impacto sobre la hidrología puede
proceder de la remoción de los materiales durante las fases de construcción y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte de sólidos a los cauces, por lo
que se deben tomar medidas necesarias para evitarlo.
E
n lo que respecta al sondeo, por parte de este organismo se remite a lo expuesto en el
anexo III “Instrucciones básicas para la protección de las aguas subterráneas frente a
la entrada de contaminantes” incluido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico
aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y su última modificación aprobada
por Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023.
P
or último, cabe señalar lo siguiente en lo que respecta a las captaciones de agua (pozos, sondeos, tomas superficiales en cauces, embalses, lagos o lagunas, manantiales,
charcas, balsas, etc.) y de su infraestructura asociada (si existiese):
— Se deberá garantizar la seguridad frente a accidentes de todo tipo durante toda la
vida útil de la perforación, es decir: en los preparativos al sondeo, durante la ejecución del mismo, durante su explotación y, finalmente durante su clausura. Garantizar
Martes 26 de noviembre de 2024
60903
quier afección que puedan sufrir las obras por causa de crecidas, tanto ordinarias como
extraordinarias.
E
n relación al posible empleo de combustibles (por ejemplo, para grupos electrógenos,
calefacción, etc.), desde este organismo se indica que todos los depósitos de combustibles y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o aéreos, deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente su infiltración a las aguas subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de estanqueidad.
Lo mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de almacenamiento y distribución
de otras sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico.
Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas unidades
de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de
aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros compuestos. Se
recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las
aguas.
S
e recomienda también que en la fase de construcción la ubicación del parque de maquinaria, instalaciones auxiliares y acopio de materiales se realice previa creación de
solera impermeable en pendiente, con zanja de recogida para posibles vertidos de aceite
de cambios, derrame de combustibles, grasas, etc. Estos derrames serán recogidos en
bidones para su posterior gestión correcta.
P
or otro lado, hay que tener en cuenta que un posible impacto sobre la hidrología puede
proceder de la remoción de los materiales durante las fases de construcción y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte de sólidos a los cauces, por lo
que se deben tomar medidas necesarias para evitarlo.
E
n lo que respecta al sondeo, por parte de este organismo se remite a lo expuesto en el
anexo III “Instrucciones básicas para la protección de las aguas subterráneas frente a
la entrada de contaminantes” incluido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico
aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y su última modificación aprobada
por Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023.
P
or último, cabe señalar lo siguiente en lo que respecta a las captaciones de agua (pozos, sondeos, tomas superficiales en cauces, embalses, lagos o lagunas, manantiales,
charcas, balsas, etc.) y de su infraestructura asociada (si existiese):
— Se deberá garantizar la seguridad frente a accidentes de todo tipo durante toda la
vida útil de la perforación, es decir: en los preparativos al sondeo, durante la ejecución del mismo, durante su explotación y, finalmente durante su clausura. Garantizar