Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063862)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de complejo turístico "Helechoso", cuyo promotor es Benoit M C G Dethier, en el término municipal de Madrigal de la Vera. Expte.: IA24/0834.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024
60901
trantes negras. Será obligatorio el uso de fosa séptica y la utilización de efluentes para
riegos de la finca, siempre que las condiciones edafológicas lo permitan. El proyecto de
la fosa séptica y sistema de vertido deberá incluirse en el proyecto de la edificación o
instalación. Para la gestión de los residuos líquidos se dispondrá una red de saneamiento
de fecales con fosa séptica del tipo biológico para depurar y tratar las aguas residuales.
La fosa séptica será homologada y certificada con marcaje CE. El mantenimiento de
esta fosa con filtro biológico es prácticamente nulo, debido a la actuación de los propios
microorganismos que se encargan de eliminar los contaminantes e hidrolizar la materia
orgánica en descomposición y olores. Por precaución se deberá de revisar la fosa cada 5
años, mediante una empresa especializada.
E
n consecuencia, este organismo indica que se va a producir vertido, debido al mismo, se
indica que queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y
productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro
elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización
que corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, salvo en los casos de vertidos
efectuados en cualquier punto de la red de alcantarillado o de colectores gestionados por
las Administraciones autonómicas o locales o por entidades dependientes de las mismas,
en los que la autorización corresponderá al órgano autonómico o local competente. La
Confederación Hidrográfica del Tajo indica que no autoriza vertidos individuales al dominio público hidráulico cuando los mismos puedan formar parte de una comunidad o
aglomeración urbana, por lo que, si el vertido de las aguas residuales puede conducirse a
una red general de saneamiento, deberá conectar el vertido a dicha red de saneamiento.
En el caso de que haya imposibilidad de conexión a una red general de saneamiento, se
deberán unificar (en la medida de lo posible) todos los flujos de aguas residuales generados en la actividad para su conducción a una única instalación de tratamiento y evacuación en un único punto de vertido final y se deberá realizar la solicitud y declaración
general de vertido a la Confederación Hidrográfica del Tajo.
E
n cualquier caso, las conducciones de las redes de saneamiento deberán ser estancas
para evitar infiltración de las aguas residuales a las aguas subterráneas. Por otro lado,
en el caso de que se contemple ejecutar un drenaje de aguas residuales, esta Confederación Hidrográfica del Tajo indica: la red de saneamiento se recomienda que sea separativa (red de saneamiento de aguas residuales separada de la red de drenaje de aguas
pluviales). En el supuesto de que vaya a realizarse una red unitaria, se deberá disponer
de algún método o dispositivo cuya función sea evitar el vertido de contaminantes al medio receptor durante sucesos de lluvia. Se recomienda el empleo de técnicas de drenaje
de aguas pluviales sostenible.
Martes 26 de noviembre de 2024
60901
trantes negras. Será obligatorio el uso de fosa séptica y la utilización de efluentes para
riegos de la finca, siempre que las condiciones edafológicas lo permitan. El proyecto de
la fosa séptica y sistema de vertido deberá incluirse en el proyecto de la edificación o
instalación. Para la gestión de los residuos líquidos se dispondrá una red de saneamiento
de fecales con fosa séptica del tipo biológico para depurar y tratar las aguas residuales.
La fosa séptica será homologada y certificada con marcaje CE. El mantenimiento de
esta fosa con filtro biológico es prácticamente nulo, debido a la actuación de los propios
microorganismos que se encargan de eliminar los contaminantes e hidrolizar la materia
orgánica en descomposición y olores. Por precaución se deberá de revisar la fosa cada 5
años, mediante una empresa especializada.
E
n consecuencia, este organismo indica que se va a producir vertido, debido al mismo, se
indica que queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y
productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro
elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización
que corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, salvo en los casos de vertidos
efectuados en cualquier punto de la red de alcantarillado o de colectores gestionados por
las Administraciones autonómicas o locales o por entidades dependientes de las mismas,
en los que la autorización corresponderá al órgano autonómico o local competente. La
Confederación Hidrográfica del Tajo indica que no autoriza vertidos individuales al dominio público hidráulico cuando los mismos puedan formar parte de una comunidad o
aglomeración urbana, por lo que, si el vertido de las aguas residuales puede conducirse a
una red general de saneamiento, deberá conectar el vertido a dicha red de saneamiento.
En el caso de que haya imposibilidad de conexión a una red general de saneamiento, se
deberán unificar (en la medida de lo posible) todos los flujos de aguas residuales generados en la actividad para su conducción a una única instalación de tratamiento y evacuación en un único punto de vertido final y se deberá realizar la solicitud y declaración
general de vertido a la Confederación Hidrográfica del Tajo.
E
n cualquier caso, las conducciones de las redes de saneamiento deberán ser estancas
para evitar infiltración de las aguas residuales a las aguas subterráneas. Por otro lado,
en el caso de que se contemple ejecutar un drenaje de aguas residuales, esta Confederación Hidrográfica del Tajo indica: la red de saneamiento se recomienda que sea separativa (red de saneamiento de aguas residuales separada de la red de drenaje de aguas
pluviales). En el supuesto de que vaya a realizarse una red unitaria, se deberá disponer
de algún método o dispositivo cuya función sea evitar el vertido de contaminantes al medio receptor durante sucesos de lluvia. Se recomienda el empleo de técnicas de drenaje
de aguas pluviales sostenible.