Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063859)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino. Expte.: IA23/1101.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024
60882
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura como suelo rustico. Por
tanto, se emite informe favorable a la Modificación del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino, teniendo en cuenta las consideraciones expuestas.
— La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que, examinada la documentación aportada, así como la cartografía y la fotografía aérea disponible, se comprueba que el ámbito objeto de la modificación puntual se ubica en la zona de policía del arroyo de Los
Linos. Se ha efectuado la consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de
Zonas Inundables (SNCZI), http://sig.mapama.es/snczi/, obteniéndose que no existen
estudios en la zona afectada. Asimismo, en el citado visor se comprueba que el ámbito
de actuación no asienta sobre ninguna masa de agua subterránea.
En relación al abastecimiento del término municipal de Aldenueva del Camino, consultadas las bases de datos de este organismo, se ha comprobado que, con fecha 6 de mayo
de 2019, esta Confederación otorgó concesión de 466.259 m³/año y 24 l/s de aguas del
embalse de Baños sobre el río Baños a la Mancomunidad de Municipios Depuradora de
Baños para abastecimiento municipal en las localidades de Baños de Montemayor, Zarza
de Granadilla, Aldeanueva del Camino, La Granja y Abadía (Cáceres) y Valdelamatanza
- El Cerro (Salamanca), por un plazo de 75 años.
Consultado el censo de vertidos publicado por este organismo y actualizado a 30 de
junio de 2024, consta el ayuntamiento de Aldeanueva del Camino como titular de una
autorización de vertido con destino al río Ambroz, procedente de la EDAR Aldeanueva
del Camino-Gargantilla, y con un volumen anual de vertido de 220.000 m3.
Se ha efectuado la consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
Inundables (SNCZI), http://sig.mapama.es/snczi/ , obteniéndose la inexistencia de reservas hidrológicas en la zona de actuación. En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2023-2027, el ámbito de actuación se encuentra en zonas de conservación de la biodiversidad de la Red Natura 2000, correspondientes a la ZEC “Granadilla”
y dentro del área de captación de la zona sensible “ES030ZSENESCM556 - Embalse de
Valdeobispo”.
Una vez señalado lo anterior, se significa que, en la puesta en práctica de cualquier actuación que surja como consecuencia de la modificación puntual, se deberán tener en
cuenta las siguientes consideraciones para evitar cualquier afección negativa, directa o
indirecta, sobre el dominio público hidráulico:
• La actuación objeto de estudio tendrá como finalidad el desarrollo de actuaciones en
cuyas fases de construcción y de explotación pueden provocarse alteraciones en el
dominio público hidráulico.
Martes 26 de noviembre de 2024
60882
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura como suelo rustico. Por
tanto, se emite informe favorable a la Modificación del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino, teniendo en cuenta las consideraciones expuestas.
— La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que, examinada la documentación aportada, así como la cartografía y la fotografía aérea disponible, se comprueba que el ámbito objeto de la modificación puntual se ubica en la zona de policía del arroyo de Los
Linos. Se ha efectuado la consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de
Zonas Inundables (SNCZI), http://sig.mapama.es/snczi/, obteniéndose que no existen
estudios en la zona afectada. Asimismo, en el citado visor se comprueba que el ámbito
de actuación no asienta sobre ninguna masa de agua subterránea.
En relación al abastecimiento del término municipal de Aldenueva del Camino, consultadas las bases de datos de este organismo, se ha comprobado que, con fecha 6 de mayo
de 2019, esta Confederación otorgó concesión de 466.259 m³/año y 24 l/s de aguas del
embalse de Baños sobre el río Baños a la Mancomunidad de Municipios Depuradora de
Baños para abastecimiento municipal en las localidades de Baños de Montemayor, Zarza
de Granadilla, Aldeanueva del Camino, La Granja y Abadía (Cáceres) y Valdelamatanza
- El Cerro (Salamanca), por un plazo de 75 años.
Consultado el censo de vertidos publicado por este organismo y actualizado a 30 de
junio de 2024, consta el ayuntamiento de Aldeanueva del Camino como titular de una
autorización de vertido con destino al río Ambroz, procedente de la EDAR Aldeanueva
del Camino-Gargantilla, y con un volumen anual de vertido de 220.000 m3.
Se ha efectuado la consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
Inundables (SNCZI), http://sig.mapama.es/snczi/ , obteniéndose la inexistencia de reservas hidrológicas en la zona de actuación. En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2023-2027, el ámbito de actuación se encuentra en zonas de conservación de la biodiversidad de la Red Natura 2000, correspondientes a la ZEC “Granadilla”
y dentro del área de captación de la zona sensible “ES030ZSENESCM556 - Embalse de
Valdeobispo”.
Una vez señalado lo anterior, se significa que, en la puesta en práctica de cualquier actuación que surja como consecuencia de la modificación puntual, se deberán tener en
cuenta las siguientes consideraciones para evitar cualquier afección negativa, directa o
indirecta, sobre el dominio público hidráulico:
• La actuación objeto de estudio tendrá como finalidad el desarrollo de actuaciones en
cuyas fases de construcción y de explotación pueden provocarse alteraciones en el
dominio público hidráulico.