Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063859)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino. Expte.: IA23/1101.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024

60891

Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre
ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de
intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre,
de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de
junio de 2019. Si bien, actualmente se halla en redacción, por Resolución de 22 de marzo
de 2024, del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se acuerda
la redacción del Plan Territorial de Ambroz-Tierras de Granadilla-Hurdes, el cual deberá
adaptarse a las disposiciones de la Ley 11/2018, ámbito territorial en el que se incluye el
término municipal de Aldeanueva del Camino, que establecerá una nueva regulación cuando se apruebe definitivamente.
El Servicio de Regadíos indica que las parcelas donde se ubica el proyecto objeto de este
informe no están incluidas en Zonas Regables de Extremadura declaradas de Interés General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares, no siendo, por
tanto, de aplicación, la siguiente normativa, Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada
por Decreto 118/1973, de 12 de enero de 1973, Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de
Extremadura, Decreto 141/2021, de 21 de diciembre, por el que se regulan los usos y actividades compatibles y complementarios con el regadío en zonas regables de Extremadura
declaradas de interés general de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o
Singulares.
Atendiendo al Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Aldeanueva del Camino aprobado por Orden Ministerial el 25 de noviembre de 1953, BOE
(19/02/1954), se comprueba que los terrenos donde se pretende la modificación de la categoría de Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística a Suelo No Urbanizable Común,
son colindantes a la vía pecuaria denominada “Colada de Segura” y quedan próximos a
la vía pecuaria denominada “Cañada Real de la Plata o Aliste Zamorana”, deslindada por
Orden Ministerial de 27 de marzo de 1956 y publicada en el BOP de Cáceres de 9 de abril
de 1956, y amojonamiento aprobado mediante Resolución de 26 de septiembre de 2011
de La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía (DOE número
197, de 13 de octubre de 2011).
No resulta afectado, directamente, ningún bien integrante del patrimonio histórico y cultural de Extremadura. Aunque la modificación, dado su carácter general y normativo, no
supone una afección directa al patrimonio arqueológico, en caso de su aprobación y si ésta
diese lugar a alteraciones del paisaje o modificaciones de las rasantes actuales, se deberán
tener en cuenta, además de lo establecido en los artículos 10 de la Ley 11/2018, de 21 de
diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y en el artí-