Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063859)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino. Expte.: IA23/1101.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024

60889

Asimismo, la modificación puntual establece el marco para el establecimiento de proyectos
sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental en Suelo Rústico, conforme a la normativa de protección ambiental vigente.
3.2. Características de los efectos y del área probablemente afectada.
Los terrenos incluidos en la reclasificación de Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística a Suelo No Urbanizable Común Tipo B (24.212 m2), no se encuentran incluidos en
espacios pertenecientes a la Red de Áreas Protegidas de Extremadura. Asimismo, dichos
terrenos se encuentran muy antropizados.
No obstante, parte de los terrenos afectados por el resto de objetivos de la modificación
se encuentra dentro de los límites de la ZEC “Granadilla”. En esta superficie existen varios
hábitats de interés comunitario, destacando tres hábitats de interés prioritario (3170*,
6220* y 91E0*) aunque no existen registro de censos de taxones amenazados incluidos en
el CREAE o incluidos en el anexo II de la Directiva Hábitat. Por lo tanto, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas no prevé que la aprobación y ejecución de
la modificación puntual del PGM de Aldeanueva del Camino, pueda afectar de forma apreciable a ningún valor ambiental ni a espacios de la Red Natura 2000, objeto del presente
informe, siendo compatible con lo establecido en los planes de manejo, recuperación del
hábitat y conservación vigentes. Informa favorablemente la modificación puntual ya que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura
2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre
que se cumplan las condiciones indicadas.
El ámbito de aplicación de la modificación puntual incluye terrenos forestales. Si fuera
de aplicación alguna actuación en terrenos forestales se recuerda se tiene que dar cumplimiento con lo estipulado en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en sus
modificaciones posteriores, en el título VII de la Ley 6/2015, Agraria de Extremadura,
así como el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de
determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes
Protectores de Extremadura.
Asimismo, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal ha indicado que se han estudiado
las características particulares de la zona, valorado los posibles efectos de la actividad,
no siendo representativa la zona de uso forestal que se pretende transformar a Suelo No
Urbanizable Común tipo B, considerando que la superficie en cuestión carece de especiales
valores forestales a conservar y se encuentra en una zona con industrias agropecuarias
cercanas al casco urbano que consta de edificaciones.