Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063870)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo del Proyecto de investigación sobre aspectos epidemiológicos e inmunológicos de la enfermedad hemorrágica epizoótica en ganado bovino extremeño, año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024
60666
3. P
ortabilidad de datos.
4. A
no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles).
h. Derecho de información.
En cuanto pueda afectar a sus respectivas obligaciones y actuaciones, los corresponsables deberán facilitar, en el momento de la recogida de los datos, la información
relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar, en la forma y con el contenido exigido legalmente, en todo caso, conforme a la LOPDGDD y el RGPD.
i. Implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resilencia permanentes de los
sistemas y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen
en el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por los corresponsables del
tratamiento”.
En todo caso, deberán implantarse mecanismos para:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en
caso de incidente físico o técnico.
c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y
organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
6. M
EDIDAS DE SEGURIDAD MÍNIMAS A APLICAR POR LOS CORRESPONSABLES DEL TRATAMIENTO.
6.1. Ámbito de aplicación.
Los ámbitos de aplicación de estas medidas serán:
— Los recursos bajo el control de cada uno de los corresponsables (como sistemas informáticos y/o de archivo, centros de trabajo y trabajadores) y que estos destinen al
tratamiento de los datos.
Lunes 25 de noviembre de 2024
60666
3. P
ortabilidad de datos.
4. A
no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles).
h. Derecho de información.
En cuanto pueda afectar a sus respectivas obligaciones y actuaciones, los corresponsables deberán facilitar, en el momento de la recogida de los datos, la información
relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar, en la forma y con el contenido exigido legalmente, en todo caso, conforme a la LOPDGDD y el RGPD.
i. Implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resilencia permanentes de los
sistemas y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen
en el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por los corresponsables del
tratamiento”.
En todo caso, deberán implantarse mecanismos para:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en
caso de incidente físico o técnico.
c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y
organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
6. M
EDIDAS DE SEGURIDAD MÍNIMAS A APLICAR POR LOS CORRESPONSABLES DEL TRATAMIENTO.
6.1. Ámbito de aplicación.
Los ámbitos de aplicación de estas medidas serán:
— Los recursos bajo el control de cada uno de los corresponsables (como sistemas informáticos y/o de archivo, centros de trabajo y trabajadores) y que estos destinen al
tratamiento de los datos.