Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063870)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo del Proyecto de investigación sobre aspectos epidemiológicos e inmunológicos de la enfermedad hemorrágica epizoótica en ganado bovino extremeño, año 2024.
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NÚMERO 229
60654
Lunes 25 de noviembre de 2024
En el plazo de quince días a contar desde la fecha de su firma, este Convenio deberá inscribirse en el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Asimismo, deberá publicarse en el “Diario Oficial de Extremadura”, siendo
accesible a través del Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, todo
ello según lo previsto en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura.
Las Partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente Convenio la
publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Respecto a las medidas de difusión que puedan adoptarse en las actuaciones de este Convenio se estará a lo dispuesto en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa
de la Junta de Extremadura (modificado por el Decreto 243/2011, de 1 de septiembre), el
Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y demás normativa que resulte
de aplicación.
Undécima. Jurisdicción.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación de este convenio serán resueltas por
el responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control previsto en el presente.
En caso contrario, será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para
resolver las citadas controversias de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Para todo lo no previsto en el presente convenio será de aplicación la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura, así como cualquier otra disposición que pudiera resultar
de aplicación.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes
firman este Convenio digitalmente, a 19 de noviembre de 2024.
La Consejera de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible,
PA, La Secretaria General,
Resolución de 02/08/2023,
(DOE n.º 152, de 08/08/2023),
D.ª M.ª CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
El Rector Magnífico de
la Universidad de Extremadura,
D. PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ SALGUERO
60654
Lunes 25 de noviembre de 2024
En el plazo de quince días a contar desde la fecha de su firma, este Convenio deberá inscribirse en el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Asimismo, deberá publicarse en el “Diario Oficial de Extremadura”, siendo
accesible a través del Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, todo
ello según lo previsto en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura.
Las Partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente Convenio la
publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Respecto a las medidas de difusión que puedan adoptarse en las actuaciones de este Convenio se estará a lo dispuesto en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa
de la Junta de Extremadura (modificado por el Decreto 243/2011, de 1 de septiembre), el
Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y demás normativa que resulte
de aplicación.
Undécima. Jurisdicción.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación de este convenio serán resueltas por
el responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control previsto en el presente.
En caso contrario, será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para
resolver las citadas controversias de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Para todo lo no previsto en el presente convenio será de aplicación la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura, así como cualquier otra disposición que pudiera resultar
de aplicación.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes
firman este Convenio digitalmente, a 19 de noviembre de 2024.
La Consejera de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible,
PA, La Secretaria General,
Resolución de 02/08/2023,
(DOE n.º 152, de 08/08/2023),
D.ª M.ª CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
El Rector Magnífico de
la Universidad de Extremadura,
D. PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ SALGUERO