Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040240)
Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024



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2º Original o copia de las facturas y documentos de valor probatorio equivalente en el
tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a
que se hace referencia en el párrafo anterior y, asimismo, la documentación acreditativa del pago.



3º Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el programa subvencionado, incluyendo los fondos propios, con indicación de su importe,
procedencia y aplicación de tales fondos al programa subvencionado. Esta relación
vendrá incorporada en el modelo que se apruebe en la correspondiente convocatoria, no siendo necesario acompañar la documentación acreditativa de tales gastos,
sin bien deberán quedar en poder de la entidad beneficiaria a disposición de los órganos de comprobación y control.



4º Las tres ofertas, como mínimo, que en aplicación del artículo 36.3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deba
de haber solicitado la entidad beneficiaria.

b) Memoria técnica justificativa del desarrollo del programa subvencionado según modelo normalizado que se establezca en la convocatoria, con indicación de los objetivos
conseguidos, metodología, actividades desarrolladas, temporalización, personas destinatarias finales del programa, recursos humanos y personal voluntario, así como las
incidencias surgidas durante su desarrollo y las desviaciones acaecidas, conforme al
modelo que se apruebe en la convocatoria.
c) Memoria o dossier de publicidad del programa donde se refleje claramente la financiación o cofinanciación, según proceda, conforme a las obligaciones de publicidad establecidas en el presente decreto.
d) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados a
la subvención concedida, que se realizará mediante el Modelo 050 que ha de presentarse para el pago, y en el que deberá consignarse como Concepto 114371 “Devolución
voluntaria de subvenciones en materia de política social”. Este servicio se encuentra
disponible en el portal tributario de la Junta de Extremadura en la siguiente dirección:
https://modelo050.juntaex.es/modelo050/ .
2. E
 l plazo de presentación de la justificación del programa subvencionado será hasta el
último día hábil del mes de febrero, inclusive, del año siguiente al de la finalización del
plazo de ejecución de los programas de interés general que determine la correspondiente
convocatoria.