Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040240)
Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024

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se acreditarán mediante declaración responsable firmada por la persona que ejerza la
representación legal de la entidad beneficiaria, en la que se describirán los tipos de
gastos incluidos y los importes destinados a cada uno de ellos, así como el método de
imputación utilizado.
3. L
 os gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, notarial y registral y
gastos periciales para la realización del programa subvencionado serán subvencionables
si están directamente relacionados con el mismo y son indispensables para su adecuada
preparación o ejecución.
4. N
 o serán subvencionables los siguientes gastos:
a) Los gastos originados por las personas integrantes de juntas directivas, patronatos o
consejos de dirección de las entidades derivados del desarrollo de esa función.
b) Los gastos que abone la beneficiaria a otras entidades asociativas que integre o en las
que se encuentre integrada en concepto de gastos de pertenencia.
c) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
d) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
e) L
 os gastos de procedimientos judiciales.
f) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Artículo 18. Justificación de la subvención.
1. L
 a justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los
objetivos previstos en la resolución de concesión tendrá la forma de cuenta justificativa del
gasto realizado, conforme se establece en el artículo 35 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realizará mediante la
presentación de la siguiente documentación por cada uno de los programas de interés general que hayan sido subvencionados:
a) Memoria económica justificativa del coste del programa, que deberá contener:


1º Una relación clasificada de justificantes por cada concepto de gasto según el modelo
normalizado que se establezca en la convocatoria, con identificación del acreedor,
su importe, fecha de emisión y fecha de pago, con indicación de las desviaciones
acaecidas con respecto al presupuesto aprobado.