Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. (2024063823)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan pruebas para la obtención directa de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024

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anexo III, presentar dicha reclamación de forma online utilizando para ello cualquiera de
los medios que se citan en el resuelvo quinto y por ningún otro medio, la reclamación que
estime conveniente, teniendo en cuenta que en otro momento ya no será posible hacerlo.
El sentido de la reclamación, así como en su caso la documentación aportada en ella podrá
variarse durante todo el periodo establecido para ella. Llegado el último momento, se to­
mará la última versión de esta. Dicha reclamación podrá contener nueva documentación.
3. Transcurrido dicho plazo, en la Plataforma Educativa Rayuela constará para todas las so­
licitudes y según el calendario de actuaciones incluido en esta resolución, la situación de­
finitiva de todas las solicitudes, tanto admitidas como excluidas, con indicación de todos
los requisitos de acceso aportados, la información académica relacionada con ello y en su
caso otra documentación aportada, valorada por el personal mencionado en el apartado 1
anterior.
4. E
 sta información, que ya no podrá ser modificada, será la que la aplicación informática
utilizará para realizar la matrícula.
5. La adjudicación, que será centralizada por la Plataforma Educativa Rayuela, se realizará
teniendo en cuenta lo indicado por el alumnado en su solicitud de inscripción.
6. Contra el resultado de las adjudicaciones, podrá interponerse, mediante escrito dirigido al
director o directora del centro donde se cursó la solicitud, recurso de alzada ante la corres­
pondiente Delegación Provincial de Educación, quien resolverá.
Décimo. Características de las pruebas.
1. Las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior seguirán el currículo,
estructura y características indicados en el capítulo IV de la Orden de 6 de julio de 2023 así
como lo establecido en el artículo 141 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, y se lle­
varán a cabo en las sedes de las Comisiones de Evaluación que serán los centros docentes
públicos determinados en los anexos I y II respectivamente de esta resolución.
2. L
 as comisiones de evaluación fijarán las características de las pruebas y las de los ejercicios
que las componen, con indicación de su carácter eliminatorio o no, el tiempo máximo para
su realización, los materiales o instrumentos necesarios para su desarrollo que el alumna­
do debe aportar, los criterios de calificación y cuanta otra información e indicación que se
considere relevante para la realización de las pruebas.
3. En el caso de que la prueba para un módulo profesional se organice en varias partes, con­
forme lo indicado en el artículo 18.4 de la Orden de 6 de julio de 2023, las personas aspi­
rantes conocerán la fecha de celebración de las siguientes partes con una antelación de al
menos cuarenta y ocho horas antes.