Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040217)
Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024



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Cuando el porcentaje de cofinanciación sea del 20% no se obtendrá puntuación en
este criterio.



Cuando el porcentaje de cofinanciación sea superior al 30% se obtendrá 25 puntos
en este criterio.



c) Población que tenga la entidad local a la fecha de publicación de la convocatoria,
según los últimos datos publicados por el INE a esa fecha (máximo 12 puntos). Se
dará prioridad a aquellos municipios con menor número de habitantes, y se puntuará
aplicando la siguiente fórmula:
Puntos = 12 x (PM / Población)



Siendo



— PM la población de la entidad con menor número de habitantes de entre las solicitudes recibidas en cada convocatoria.



En el caso de las mancomunidades, la población se obtendrá con la suma de las poblaciones de los municipios que la integran.



d) Realización de estimación justificada y cuantificada del número potencial de usuarios
y/o beneficiarios de la implantación del proyecto solicitado: 3 puntos.



e) P
 resentar un Plan estratégico detallado, en el que se contextualice el proyecto y se
exponga el impacto de este: 3 puntos.



f) Por la realización de las soluciones tecnológicas recogidas en el modelo de anexo establecido al efecto en la convocatoria, que estén marcadas en la columna “Prioridad”
con una “X”, de la cuales se ha constatado la repercusión, madurez y viabilidad en
localidades que ya han sido beneficiarias en convocatorias anteriores, se otorgarán
hasta un máximo de 20 puntos.



Se otorgarán 5 puntos por cada solución tecnológica marcada con una “X” hasta un
máximo de 4. Para que sea valorable cada solución tecnológica propuesta deberá
alcanzar un importe mínimo del 15 % sobre la inversión total.



g) Adopción de criterios de accesibilidad en personas con discapacidad o problemas de
movilidad. Se valorará la adopción de medidas y criterios de accesibilidad a la hora
de implementar las actuaciones (máximo 12 puntos). Se otorgarán 3 puntos por
cada criterio de accesibilidad adoptado en el proyecto, hasta un máximo de 4 criterios de accesibilidad.