Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040217)
Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60135
3. L
as solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general
electrónico https://www.juntaex.es/w/0695324 dentro de la ficha correspondiente al
trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
Las personas solicitantes deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no se dispone de
ellos, podrá obtenerlos a través de las siguientes direcciones:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
La información referente a la tramitación estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es/w/0695324 en el
apartado de “Solicitud y Anexos del trámite”.
4. L
a gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos
2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
9. D
ocumentación que debe acompañar a la solicitud.
1. L
as solicitudes se presentarán conforme al modelo del anexo I que acompaña a la presente convocatoria, irán dirigidas a la Dirección General de Digitalización Regional y se
acompañarán de la siguiente documentación:
a) Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante, en la que
se haga constar que no se encuentra incurso en alguna de las circunstancias que
impidan la obtención de ayudas públicas en los términos recogidos en el artículo 12.2
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según consta en la propia solicitud de subvención incluida en el apartado I
del anexo I de la solicitud que acompaña a la presente convocatoria.
b) Declaración de ayudas públicas solicitadas o recibidas, por el representante legal
de la entidad en la que se hagan constar las de cualquier Administración pública o
entidad pública o privada, para la actividad o finalidad para la que se solicita la subvención, indicando la cuantía de las mismas, según consta en la propia solicitud de
subvención incluida en el apartado E del anexo I de la solicitud que acompaña a la
presente convocatoria.
Viernes 22 de noviembre de 2024
60135
3. L
as solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general
electrónico https://www.juntaex.es/w/0695324 dentro de la ficha correspondiente al
trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
Las personas solicitantes deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no se dispone de
ellos, podrá obtenerlos a través de las siguientes direcciones:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
La información referente a la tramitación estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es/w/0695324 en el
apartado de “Solicitud y Anexos del trámite”.
4. L
a gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos
2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
9. D
ocumentación que debe acompañar a la solicitud.
1. L
as solicitudes se presentarán conforme al modelo del anexo I que acompaña a la presente convocatoria, irán dirigidas a la Dirección General de Digitalización Regional y se
acompañarán de la siguiente documentación:
a) Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante, en la que
se haga constar que no se encuentra incurso en alguna de las circunstancias que
impidan la obtención de ayudas públicas en los términos recogidos en el artículo 12.2
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según consta en la propia solicitud de subvención incluida en el apartado I
del anexo I de la solicitud que acompaña a la presente convocatoria.
b) Declaración de ayudas públicas solicitadas o recibidas, por el representante legal
de la entidad en la que se hagan constar las de cualquier Administración pública o
entidad pública o privada, para la actividad o finalidad para la que se solicita la subvención, indicando la cuantía de las mismas, según consta en la propia solicitud de
subvención incluida en el apartado E del anexo I de la solicitud que acompaña a la
presente convocatoria.